

- Bancolombia cierra su billetera digital: qué hacer con tu dinero
- DIAN embargará cuentas bancarias en febrero de 2026: quiénes están en riesgo
- Cuentas bancarias inactivas: te las cierran automáticamente
- Cómo proteger tu dinero y evitar el cierre o embargo de tu cuenta
- Monto protegido: cuánto dinero no te pueden embargar en 2026
Bancolombia anunció el cierre definitivo de su billetera digital Bancolombia A la Mano para mayo de 2025, afectando a miles de usuarios que deberán migrar a Nequi o abrir nuevas cuentas de ahorro tradicionales.
Pero esta no es la única preocupación: el Gobierno colombiano, a través de la DIAN, ha confirmado embargos masivos de cuentas bancarias durante febrero de 2026 para personas con deudas tributarias pendientes, mientras que los bancos están cerrando automáticamente cuentas que permanezcan inactivas por seis meses o más, según directrices de la Superintendencia Financiera.

Bancolombia cierra su billetera digital: qué hacer con tu dinero
La plataforma Bancolombia A la Mano dejará de funcionar definitivamente en mayo de 2025, tras la alianza del banco con Nequi para fortalecer la inclusión financiera. Los usuarios afectados recibieron notificaciones en sus dispositivos móviles con la fecha exacta de cierre.Si tu cuenta de Bancolombia A la Mano quedó con saldo cero, será cancelada automáticamente. El banco ofreció dos alternativas: migrar a Nequi (la nueva billetera digital asociada a Bancolombia) o abrir cuentas de ahorro tradicionales con planes desde $0 pesos mensuales. La migración a Nequi es voluntaria, pero necesaria para quienes deseen mantener servicios de banca digital
¿Qué pasa con tu dinero si no migraste a tiempo?
Si tenías saldo en Bancolombia A la Mano y no realizaste la migración antes del cierre, debes comunicarte directamente con el banco para recuperar tus fondos. Bancolombia garantiza que ningún cliente perderá su dinero, pero el proceso de recuperación puede tomar varios días hábiles.DIAN embargará cuentas bancarias en febrero de 2026: quiénes están en riesgo
El Gobierno colombiano, a través de la DIAN, anunció que durante febrero de 2026 ejecutará embargos masivos de cuentas bancarias y bienes de contribuyentes que figuren en listas de morosos con deudas tributarias pendientes.Esta medida no es arbitraria ni automática. Se aplica únicamente cuando existen deudas firmes y el contribuyente ha ignorado los requerimientos de pago o no ha formalizado acuerdos con la entidad.
¿Quiénes pueden ser embargados?
Están en riesgo de embargo quienes presenten: deudas fiscales pendientes con la DIAN, procesos judiciales por incumplimiento de obligaciones financieras, acumulación de cuotas atrasadas en créditos hipotecarios o de consumo, y cuentas bancarias con inactividad prolongada sin justificación.La DIAN tiene la facultad de embargar tanto cuentas bancarias como salarios y bienes, dentro de los límites establecidos por ley, además de inscribir medidas sobre inmuebles y vehículos. Sin embargo, existe un monto protegido: desde octubre de 2025 hasta septiembre de 2026, los saldos iguales o inferiores a $55.099.308 son inembargables en cuentas de ahorro.Excepción importante:
La protección de montos inembargables NO aplica en casos de obligaciones por cuota alimentaria. Si existe deuda por alimentos a favor de un hijo, el saldo de la cuenta puede ser embargado en su totalidad, sin importar la cantidad depositada.Cuentas bancarias inactivas: te las cierran automáticamente
Según directrices de la Superintendencia Financiera, “se considerarán cuentas inactivas aquellas cuentas corrientes o de ahorro sobre las cuales no se hubiere hecho ninguna operación durante seis meses“.Sin embargo, cada banco establece sus propios criterios. En algunos casos, puede bastar con tres meses sin transacciones para que la cuenta sea reportada como inactiva y, posteriormente, cerrada.
¿Qué operaciones cuentan como “actividad”?
Los movimientos que mantienen activa una cuenta incluyen: depósitos, retiros, transferencias y cualquier débito o crédito, exceptuando las operaciones hechas por el banco para abonar intereses o hacer cargos por comisiones y servicios bancarios. Es decir, los movimientos automáticos del banco NO cuentan para evitar la inactividad.Cómo proteger tu dinero y evitar el cierre o embargo de tu cuenta
Los especialistas en derecho bancario recomiendan adoptar las siguientes medidas preventivas: 1. Mantén tu cuenta activa
- Realiza al menos una transacción cada tres meses (depósito, transferencia o retiro)
- No dependas únicamente de movimientos automáticos del banco
- Mantén actualizados tus datos personales, correo electrónico y dirección en la entidad financiera
- Esto garantiza que recibas notificaciones importantes
- Mantente al día con tus obligaciones tributarias ante la DIAN
- Paga a tiempo tus préstamos bancarios y tarjetas de crédito
- Detecta posibles reportes o irregularidades antes de que se conviertan en problemas mayores
- Mandamiento de pago y notificaciones (conserva copias y verifica fechas límite)
- Estados de cuenta e intereses (obtén certificaciones de deuda actualizada)
- Solicitud de acuerdo de pago (incluye carta, propuesta y garantías)
- RUT y datos de contacto actualizados
¿Qué hacer si ya te embargaron la cuenta o congelaron tu salario?
Si ya enfrentas el embargo de tu cuenta bancaria o el congelamiento de tu salario, lo más aconsejable es comunicarte de forma inmediata con la entidad financiera y con un abogado especializado en derecho financiero.Según el caso específico, es posible:- Gestionar un plan de pago con la DIAN
- Establecer acuerdos extrajudiciales
- Solicitar la reactivación de servicios una vez normalizada la situación
Monto protegido: cuánto dinero no te pueden embargar en 2026
Según la Carta Circular 0058 de 2025 emitida por la Superintendencia Financiera el 8 de octubre de 2025, desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026, los saldos iguales o inferiores a $55.099.308 son completamente inembargables en cuentas de ahorro.Esta protección aplica tanto a entidades bancarias tradicionales como a bancos digitales (Nequi, Daviplata, Dale!).Importante: Cuando una persona posee más de una cuenta de ahorros, el cálculo del límite inembargable se realiza sumando los saldos de todas las cuentas. “El monto que exceda podrá ser objeto de medida cautelar”, explicó la Superfinanciera.









