

El Gobierno nacional oficializó el cambio en el inicio de la jornada nocturna en Colombia, una modificación clave dentro de la reforma laboral que comenzará a regir desde el jueves 25 de diciembre.
Con la expedición del decreto, el horario del recargo nocturno se adelantará y tendrá efectos directos en el pago a trabajadores del sector público y privado que laboren en ese tramo horario.
Este será el nuevo horario de las jornadas nocturnas en Colombia
El ajuste establece que la jornada nocturna comenzará más temprano que la actual. Mientras hoy la jornada diurna se extiende hasta las 9:00 p. m., el nuevo decreto fija que, desde el día establecido, el recargo nocturno aplicará desde las 7:00 p. m. hasta las 6:00 a. m. del día siguiente.
Este cambio responde al objetivo del Gobierno de armonizar los derechos laborales con estándares internacionales y avanzar en la aplicación gradual de los componentes de la reforma.

¿Cómo queda el pago del recargo nocturno con el nuevo decreto?
El recargo nocturno sigue siendo del 35 % adicional sobre el valor de la hora ordinaria. Para calcularlo, basta con tomar el valor de cada hora trabajada y multiplicarlo por 0,35.
El adelanto del horario implica que más trabajadores recibirán este recargo, especialmente en sectores donde los turnos se extienden hasta la noche, como comercio, logística, salud y servicios.
¿Qué relación tiene este cambio con la reforma laboral vigente?
La medida hace parte del paquete normativo de la Ley 2466, la reforma laboral que entró en vigencia parcialmente desde junio pasado. Este proceso es gradual y también incluye el incremento progresivo del recargo de dominicales y festivos:
- 80 % desde julio de 2025
- 90 % desde julio de 2026
- 100 % desde julio de 2027
El cambio en la jornada nocturna se articula con ese cronograma, buscando que las empresas adapten su operación sin afectar los derechos de los trabajadores.
¿Habrá impacto en Navidad, Año Nuevo y otros días festivos?
Los expertos en derecho laboral recuerdan que los festivos y días de descanso no cambian por efecto de este decreto. Sin embargo, quienes trabajen en estas fechas seguirán recibiendo el recargo correspondiente.
Desde el día siguiente a la entrada en vigor del nuevo horario, quienes laboren en turnos nocturnos después de las 7:00 p. m. tendrán derecho al recargo, sin excepción.












