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Los conductores de más de 65 años en Colombia deben planificar con anticipación el vencimiento de su licencia de conducción. La normativa estipula que se debe demostrar aptitud física, mental y coordinación motriz a través de un examen en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado.

En caso de que dicho certificado no se encuentre en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), la autoridad competente no podrá proceder con la renovación del documento. Este procedimiento es confirmado por las guías oficiales de la Alcaldía de Bogotá y la Ventanilla Única de Servicios, que también verifican el cumplimiento del requisito de estar a paz y salvo por multas.

Simultáneamente, el Ministerio de Transporte regula a través de la Resolución 217 de 2014 el proceso de emisión de tales certificados de aptitud y los criterios de evaluación (visión, audición, coordinación motriz, condiciones físicas y mentales, entre otros). Esta exigencia es aplicable a todos los conductores, haciéndose esencial a medida que se avanza en edad, dado los períodos de vigencia más reducidos.

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Sin este certificado en el RUNT no podrás renovar: el requisito clave

Para proceder con la renovación, la entidad de tránsito corrobora en el RUNT que usted posea un certificado vigente de examen físico, mental y de coordinación motriz que haya sido emitido por un CRC y registrado a través del sistema SICOV. En el caso de que el certificado no esté disponible o haya caducado, la solicitud será desestimada. Adicionalmente, es imperativo que esté inscrito en el RUNT, presente su documento y no posea comparendos pendientes (o disponga de un acuerdo de pago).

Es pertinente considerar un aspecto operativo que frecuentemente se pasa por alto: el certificado médico tiene una vigencia máxima de 6 meses; si transcurre este periodo sin finalizar el trámite, se verá obligado a repetir los exámenes.

Fin de licencia de conducir para los mayores de 65 años: ya no podrán renovar el carnet si no cumplen este requisito. (Imagen: archivo)Daisy-Daisy

¿Cada cuánto se renueva a partir de los 65 y cuándo es anual?

La vigencia se encuentra sujeta al tipo de servicio y a la edad:

    • Servicio particular (A y B):
      • Menores de 60 años: cada 10 años.
      • Entre 60 y 80 años: cada 5 años.
      • Mayores de 80 años: anual.
    • Servicio público (C):
      • Menores de 60 años: cada 3 años.
      • Mayores de 60 años: anual.
Fin de licencia de conducir para los mayores de 65 años: ya no podrán renovar el carnet si no cumplen este requisito. (Imagen: archivo)

Paso a paso: evita quedarte sin licencia

  1. Agende su cita en la Ventanilla Única de Servicios (Bogotá) o en el organismo de tránsito de su ciudad.
  2. Hágase el examen en un CRC habilitado y confirme que el resultado quedó cargado en el RUNT.
  3. Verifique que no tiene multas pendientes.
  4. Pague los derechos del trámite.

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¿Qué evalúa el examen médico y por qué puede impedir la renovación?

El CRC verifica que el conductor mantenga condiciones físicas, mentales, sensoriales y de coordinación compatibles con la conducción segura. La Resolución 217 de 2014 establece el marco técnico para esos exámenes y la emisión del certificado.

Si el resultado no es apto, el sistema no permitirá renovar hasta que se cumplan las condiciones que indique el profesional (tratamientos, ayudas ópticas/auditivas u otras medidas).

Claves para llegar a tiempo

  • Revise la fecha de vencimiento con antelación y agende el CRC: recuerde la vigencia de 6 meses del certificado.
  • Cruce su estado en el RUNT y pague multas, si corresponde, antes de la cita.
  • Si maneja servicio público o tiene más de 80 años, planifique la renovación anual.

En síntesis: para los mayores de 65, el “fin” de la licencia ocurre cuando no se acredita la aptitud médica y el certificado no queda incorporado al RUNT. Con el examen en regla, la renovación sigue siendo posible en los plazos previstos por la ley.