
Un juez italiano aceptó estudiar la posible inconstitucionalidad de la polémica Ley 74, que había limitado severamente el acceso a la ciudadanía italiana por derecho de sangre para bisnietos, tataranietos y generaciones posteriores.
La decisión judicial no solo abre un nuevo capítulo legal, sino que también devuelve la esperanza a miles de familias que ya no podían acceder a la ciudadanía italiana.
Ciudadanía italiana: ¿qué cambia con el fallo?
El juez del Tribunal de Turín, Fabrizio Alessandria, decidió elevar a la Corte Constitucional el análisis del artículo 3 bis de la Ley 74/2025, que establecía una fecha límite para tramitar la ciudadanía por descendencia el 27 de marzo de 2025.
La norma fue duramente criticada desde su aprobación por expertos en derecho internacional, ya que impone límites retroactivos y discriminatorios a quienes nacieron fuera de Italia, vulnerando principios constitucionales y tratados internacionales.
¿Cómo inició la causa que podría cambiar la ciudadanía?
La causa que motivó esta decisión involucra a una familia venezolana. Su caso presentado apenas días después del decreto 36, convirtiéndose en el primer caso elevado formalmente a la Corte Constitucional.
Detrás del proceso están las asociaciones de abogados AGIS y AUCI, reconocidas por su lucha en defensa del derecho Ius Sanguinis, quienes buscan que este expediente se transforme en un caso testigo.
¿Cuáles son los argumentos en contra de la decisión del gobierno italiano?
La demanda sostiene que la Ley 74 vulnera derechos adquiridos al cambiar retroactivamente las reglas. Además:
Viola el principio de igualdad entre ciudadanos italianos dentro y fuera del país.
Contraviene la seguridad jurídica y el respeto a los tratados firmados por Italia.
Fue sancionada mediante un mecanismo legislativo de urgencia, sin el debido debate parlamentario.

¿Qué va a pasar con la ciudadanía italiana?
Si la Corte Constitucional declara inconstitucional la ley que determinó el Gobierno italiano, el fallo podría tener un alcance:
Total: anulando completamente la Ley 74.
Parcial: eliminando solo los artículos impugnados, como el 3 bis.
En ambos casos, se reabriría el acceso a la ciudadanía para miles de nietos, bisnietos y tataranietos.













