

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) envía diversas notificaciones a los contribuyentes cuando se adeuda el pago de impuestos, que le informan sobre los pasos a seguir para evitar que se acumulen multas e intereses.
El último de estos avisos es el CP504, también conocido como Aviso de Intención de Embargo, conforme a la Sección 6331 (d) del Código de Impuestos Internos.
La notificación está fechada y este dato será la referencia a utilizar para contar los días que se le otorgan al contribuyente para accionar antes de que inicie el proceso de cobro, que implica el embargo del reembolso de impuestos y puede escalar a embargos sobre la propiedad.
Cuándo se manda el Aviso CP504 del IRS
De acuerdo con la información oficial compartida por el Servicio del Defensor del Contribuyente, este aviso se envía cuando IRS no recibió el pago del saldo pendiente -del que antes el tributante fue notificado- y en él se informa cuánto debe y cómo pagar para evitar sanciones peores.
“Si el IRS no recibe la cantidad adeudado dentro de los 30 días posteriores a la fecha de este aviso, el IRS puede embargar su reembolso de impuestos estatales”, indican las autoridades.

Qué deben hacer quienes reciban el Aviso CP504 del IRS
En el aviso se informan sobre las vías de pago aceptadas. Quienes no estén en condiciones de cumplir con su obligación, deben mantenerse en contacto para verificar opciones de pago alternativas que demuestren la intención de cumplir con el pendiente.
Si el aviso no se responde ni se solicita una audiencia, se pueden tomar más medidas para cobrar el pendiente.
“Esta acción de cobro adicional podría incluir que el IRS recaude o incaute su salario y otros ingresos, cuentas bancarias, activos comerciales, activos personales, cuentas de jubilación, Dividendos del Fondo permanente de Alaska y beneficios del Seguro Social hasta la cantidad adeudada por el contribuyente”, se explica.












