El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México anunció una gestión obligatoria en abril para todos los mexicanos que reúnan ciertas condiciones; entre ellos, los adultos mayores.
El organismo tributario del país ha informado a los contribuyentes sobre las responsabilidades fiscales con las que deben cumplir durante el corriente mes y aquellos que no lleven a cabo los trámites pertinentes en los tiempos estipulados podrían sufrir la aplicación de una sanción económica. Checa todos los detalles al respecto.
¿Cuál es el trámite obligatorio que deben realizar y la fecha límite?
El SAT recuerda de manera periódica a todos los contribuyentes sobre el trámite más importante que deben realizar algunos de ellos en abril: la Declaración Anual de Impuestos.
Si bien el pasado 31 de marzo concluyó el período para que las empresas terminen de rendir cuentas por los ingresos que percibieron respecto al ejercicio fiscal del período anterior, durante el corriente mes tendrán que atravesar por el mismo proceso las personas físicas.
Para que los habitantes sean considerados bajo esta categoría, necesitan no solo percibir ingresos por salario, sino también reunir las siguientes condiciones:
- Los ingresos obtenidos superan los 400,000 pesos.
- Han dejado de prestar servicios antes del 31 de diciembre del 2024.
- Los ingresos que obtuvieron provienen de dos o más patrones de manera simultánea.
- Cuentan con fuentes de ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros.), además de salarios.
- Han obtenido ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones, como es el caso de Organismos Internacionales.
- Perciben ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
Respecto a este último requisito, el SAT establece la obligatoriedad de llevar a cabo el trámite a todos los adultos mayores que reúnan determinadas condiciones.
¿Qué jubilados deben presentar la Declaración Anual de Impuestos?
Según el reglamento que establece el SAT en materia de cumplimiento de obligaciones fiscales, los jubilados que deberán pagar el Impuesto sobre la Renta (ISR) son todos aquellos cuyos ingresos superen las 15 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
En la actualidad, las 15 UMAs equivalen a un total de 51,585 pesos en 2025, por lo que quienes cobren una pensión que supere este monto mensual, deberán pagar el ISR ante el SAT.
Esta medida alcanza a los ingresos por jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como pensiones vitalicias u otras formas de retiro provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social o las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del ISSSTE.
Cabe destacar que en caso de no cumplir con esta obligación antes del 30 de abril, el SAT podría aplicarles a los contribuyentes una sanción o recargo económico.
Entre los beneficios con los que contarán al momento de realizar esta gestión, se destaca la posibilidad de realizar deducciones personales: gastos médicos, donativos, colegiaturas e intereses hipotecarios, entre otros), lo que reduce el impuesto a cargo.