

Aunque la persona haya fallecido, sus deudas no desaparecen automáticamente y pueden seguir vigentes. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene la facultad de cobrar los adeudos pendientes, lo que obliga a los herederos a encargarse de ciertos trámites tributarios para evitar problemas en el futuro.
Sin embargo, es importante aclarar que no todas las deudas fiscales se transmiten a los herederos. Solo se heredan si el contribuyente tenía ingresos por actividades económicas como negocios propios o rentas.
En esos casos, la carga tributaria puede recaer sobre los sucesores. De lo contrario, las obligaciones fiscales se extinguen con la persona.

¿Qué hacer con las obligaciones fiscales tras la muerte de un contribuyente?
Cuando un titular fallece, uno de los pasos clave es informar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre el deceso. Esta notificación permite iniciar el cierre de su historial fiscal.
Si no se realiza, el sistema puede seguir generando obligaciones tributarias que complican aún más el panorama para los herederos.
Además, es fundamental elaborar un inventario completo de los bienes y pasivos del fallecido. Este documento ayuda a evaluar la situación patrimonial y a decidir si aceptar o rechazar la herencia, evitando así sorpresas.
Cómo evitar embargos del SAT si eres heredero: pasos clave y el rol del albacea
El SAT tiene la potestad de solicitar embargos si las deudas fiscales del fallecido no se gestionan adecuadamente. Por eso es vital actuar con rapidez y cumplir cada paso del proceso sucesorio.
Uno de ellos es la cancelación del RFC del contribuyente fallecido, trámite que debe gestionar el albacea con la documentación correspondiente.
El albacea juega un rol esencial: no solo presenta la baja ante el SAT, sino que también coordina todo lo relacionado con los impuestos y compromisos financieros del difunto. Su intervención puede marcar la diferencia entre una sucesión ordenada o una llena de conflictos.














