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La Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) acaba de emitir un fallo que sacude el panorama de pensiones en México. Por primera vez, las cuentas de Afore de jubilados y pensionados del IMSS e ISSSTE podrían ser embargadas si no se cumple con la obligación de pagar la pensión alimenticia.

Embargo de Afores: un precedente histórico en México

El amparo en revisión 652/2024, aprobado por unanimidad, establece que los fondos de las Afores ya no son totalmente intocables. La Suprema Corte determinó que los embargos solo aplicarán cuando el deudor de la pensión alimenticia se encuentre desempleado y no tenga otros bienes embargables.

Además, los fondos podrán retenerse únicamente en la proporción permitida por la ley: el menor entre 75 días del salario básico de los últimos cinco años o el 10% del saldo total de la subcuenta.

Así, se garantiza que los menores reciban su pensión sin que los adultos puedan escudarse en sus ahorros para el retiro.

Cómo afectará a pensionados y jubilados del IMSS e ISSSTE

La resolución impacta directamente a los trabajadores y jubilados del IMSS e ISSSTE. Aunque los depósitos de pensión se realizan de manera electrónica, quienes tengan deudas de pensión alimenticia podrían ver reducido su dinero disponible.

En octubre de 2025, el IMSS realizará los pagos el 1 de octubre, mientras que el ISSSTE adelantará el depósito al 30 de septiembre. La medida enfatiza que los derechos de los menores prevalecen sobre la protección patrimonial de los adultos, incluso cuando se trate de recursos para el retiro.

Qué hacer para proteger tus fondos y evitar sorpresas

Con este fallo, la recomendación es clara: cumplir con las obligaciones legales de pensión alimenticia de forma inmediata. Los pensionados y jubilados deben revisar sus Afores y asegurarse de estar en tiempo y forma con sus pagos.

De esta forma, evitarán embargos y posibles sanciones que afecten sus ingresos mensuales. La SCJN marca así un precedente que coloca la seguridad económica de los menores por encima de la inembargabilidad absoluta de los fondos de retiro.