Los adultos mayores del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) deberán prestar especial atención a sus cuentas bancarias ya que en las próximas horas recibirán el pago de su pensión.
A través de su sitio web oficial, el Gobierno de México dio a conocer el calendario de pagos para este sector de la población que se encuentra amparado por el organismo gubernamental.
¿Qué se necesita para jubilarse por el ISSSTE?
Los ex trabajadores que busquen pensionarse a través del ISSSTE necesitarán presentar una serie de documentos y papeles, ya sea en original o copia.
- Identificación oficial vigente del derechohabiente (Credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula profesional). Original.
- Estado de cuenta o contrato bancario vigente, a nombre del extrabajador, en el que se visualice el número de cuenta y CLABE Interbancaria.
- Último comprobante de pago del Trabajador (a) o constancia de percepciones deducciones de la última quincena que laboró es conveniente para corroborar la última percepción recibida, y el cálculo de su cuota sea la que corresponda. Copia.
Paso a paso para realizar los trámites de jubilación
Los interesados en comenzar con el proceso de jubilación de manera presencial a través del ISSSTE deberán seguir una serie de sencillos pasos, que incluyen:
- Acudir al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene del ISSSTE más cercano a su domicilio.
- Presentar documentación para el trámite correspondiente.
- Al cumplir con los requisitos documentales recibe la Concesión de pensión y espera el pago correspondiente.
Calendario de pagos 2025 del ISSSTE
Los pensionados del ISSSTE han recibido una grata noticia en la antesala del comienzo de abril. Para aquellos jubilados que quieran conocer en qué fecha recibirán su dinero deberán atender al calendario de pagos difundido por la entidad.
Particularmente en lo que respecta al pago de mayo, los mexicanos amparados por este organismo verán su dinero acreditado desde el miércoles 30 de abril. Las fechas de los siguientes pagos se han determinado de la siguiente manera:
- Junio: 30 de mayo.
- Julio: 30 de junio.
- Agosto: 30 de julio.
- Septiembre: 29 de agosto.
- Octubre: 30 de septiembre.
- Noviembre: 30 de octubre.
- Diciembre: 28 de noviembre.