Seguridad social

Alerta | A partir de octubre, miles de jubilados ya no podrán cobrar su pensión: ¿estás entre ellos?

La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) generó controversia entre los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Conoce de qué se trata.

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A partir de octubre, cientos de pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberán prestar especial atención, ya que se confirmó de manera definitiva que algunos titulares perderán el derecho a recibir el pago doble de su pensión

La decisión responde a la existencia de un régimen considerado extralegal, que otorgaba a un grupo específico de pensionados ingresos más altos en comparación con otros trabajadores del país.

Cambios drásticos en las pensiones del IMSS: ¿Te afectarán? Fuente: Shutterstock. 

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Estos pensionados perderán el derecho a cobrar el pago doble de la Pensión IMSS 

Con un fallo unánime, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que reciben una pensión bajo el Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) no podrán acceder, además, a la pensión por vejez

Esto significa que, a partir de octubre, se les restringe el derecho a percibir un doble pago.

La decisión se basa en la interpretación de que el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, estipulado en el contrato colectivo con el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS), ya ofrece protección económica suficiente. 

Las autoridades concluyeron que permitir la acumulación de ambas pensiones representaría una duplicación injustificada de beneficios

La medida afecta tanto a quienes ya reciben el pago doble como a quienes aún no lo solicitaron, pero estaban en condiciones de hacerlo.

Controversia en el IMSS: eliminan pago doble a pensionados. Fuente: Shutterstock. 

¿Quiénes pueden solicitar una pensión por vejez? 

El derecho a la pensión por vejez en México depende del régimen bajo el cual el trabajador haya cotizado.

Bajo el Régimen de la Ley del Seguro Social de 1973

  • Tener 65 años. 
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio del IMSS.
  • Contar con al menos 500 semanas cotizadas antes del 1 de julio de 1997.
  • Estar dentro del período de conservación de derechos, que corresponde a la cuarta parte del tiempo cotizado, a partir de la fecha de baja.

Bajo el Régimen de la Ley del Seguro Social de 1997

  • Tener 65 años
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio del IMSS.
  • Tener al menos 1,250 semanas cotizadas.

Para realizar el trámite, se debe acudir a la Unidad de Medicina Familiar más cercana con la siguiente documentación:

  • Identificación vigente.
  • Comprobante de domicilio. 
  • Número de cuenta y CLABE para recibir los pagos.
  • Copia certificada del acta de nacimiento.
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