

La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la reforma a la Ley de Movilidad de Puebla que obliga a los conductores a contar con un seguro vigente de daños a terceros. La medida, considerada constitucional, marca un precedente nacional en materia de seguridad vial y responsabilidad civil.

La SCJN valida la reforma poblana y descarta violación al libre tránsito
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este lunes la constitucionalidad de la reforma a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del estado de Puebla, que exige a todos los conductores contratar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
La decisión responde a la Acción de Inconstitucionalidad 1/2024, promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado, que alegaba una presunta violación hacia el derecho de libre tránsito.
Sin embargo, la ministra Lenia Batres Guadarrama argumentó que la disposición no restringe la movilidad, sino que busca garantizar la protección de víctimas en accidentes viales.
La sentencia valida el artículo que impone la obligación del seguro y las multas correspondientes, establecidas entre 20 y 40 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) para quienes circulen sin él.
Multas y suspensión de licencia de licencia de conducir: las nuevas sanciones para quienes incumplan
Además de la multa económica, la SCJN avaló el artículo 127 de la norma, que prevé la suspensión por un año de la licencia de conducir en casos de manejo bajo los efectos del alcohol.
No obstante, el tribunal descartó la propuesta inicial que contemplaba la pérdida del permiso hasta por diez años para conductores sin seguro, calificando la medida como "excesiva e ineficaz" para los fines de seguridad vial.
La ministra Batres Guadarrama recordó que en 2024 Puebla registró 12, 920 accidentes viales, con 264 víctimas mortales, y que sólo el 51% de los vehículos cuenta con un seguro vigente, según datos del Inegi. La reforma, dijo, apunta a revertir esa cifra y a promover la cultura de la responsabilidad vial.
Un precedente nacional hacia el seguro vehicular obligatorio
El presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, coincidió en la necesidad de la medida, pero enfatizó que los gobiernos deben garantizar el acceso equitativo a los seguros para los sectores de bajos ingresos.
"La exigencia es legítima, pero debe acompañarse de políticas que aseguren la inclusión financiera y el acceso universal al seguro", afirmó durante la sesión.
Aunque la resolución aplica directamente en Puebla, su carácter constitucional abre la puerta a que otros estados del país adopten medidas similares, lo que convertiría la tenencia de un seguro vehicular en requisito nacional para circular legalmente.















