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Una condición que definía quién podía acceder a uno de los cargos más relevantes del control del gasto público en Durango quedó fuera de la ley.

La Suprema Corte anuló el requisito que exigía ser mexicano por nacimiento y no poseer otra nacionalidad para encabezar la Auditoría Superior del estado.

El fallo marca un punto de quiebre en la forma en que los estados regulan el acceso a ciertos empleos públicos.

Una exigencia sin respaldo constitucional

El Pleno de la Corte Suprema invalidó una porción del artículo 97, fracción I, de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el estado de Durango.

Como consecuencia, se ordenó notificar al Congreso del Estado de Durango para que el requisito sea modificado de inmediato.
Como consecuencia, se ordenó notificar al Congreso del Estado de Durango para que el requisito sea modificado de inmediato.SCJN

La resolución determinó que el Congreso local de Durango excedió sus facultades al establecer esa condición.

La Corte consideró que dicha exigencia generaba una distinción injustificada y podía conducir a un trato discriminatorio en el ámbito estatal.

Según el fallo, el requisito carece de fundamento en la Constitución Política Federal.

El tribunal subrayó que solo la Constitución y las leyes del Congreso de la Unión pueden reservar ciertos cargos a personas mexicanas por nacimiento sin otra nacionalidad, y que ese no es el caso de este cargo.

Qué cambia a partir de este fallo

Con esta resolución, el requisito quedó eliminado de manera definitiva.

Para encabezar la Auditoría Superior de Durango ya no es obligatorio ser mexicano por nacimiento ni carecer de otra nacionalidad.

A partir de ahora, basta con ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.

El cargo queda abierto también para personas mexicanas por naturalización y para quienes cuenten con doble nacionalidad, siempre que cumplan las demás condiciones legales.

La Corte ordenó notificar al Congreso del Estado de Durango para que adecúe su legislación a este nuevo criterio.

Un límite claro a los congresos estatales

La resolución refuerza una línea constante del tribunal: los congresos estatales no pueden cerrar el acceso a empleos públicos sin un mandato constitucional expreso.

El Tribunal Supremo ha dado a conocer una de sus recientes resoluciones mediante sus canales oficiales de comunicación.
El Tribunal Supremo ha dado a conocer una de sus recientes resoluciones mediante sus canales oficiales de comunicación.Archivo

En este caso, la Corte dejó en claro que el control del gasto público no puede estar sujeto a restricciones que la Constitución no autoriza.

Aunque el fallo no resultó sorpresivo para los especialistas, su impacto es concreto y directo.

El máximo tribunal volvió a poner un límite preciso a las legislaturas locales y confirmó que ciertas condiciones no pueden imponerse, incluso cuando se trata de cargos de alto nivel dentro de la administración pública estatal.