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El primero de enero o 1 de enero es el primer día del año y en México, como en la mayoría del mundo, es un día feriado o festivo. Algunos trabajadores se ven obligados a trabajar, ya sea por sus rol en su cargo, por su tipo de trabajo o bien, porque eligen hacerlo; en cualquiera de los dos casos, este día feriado se debe cobrar de forma especial y ante la duda, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, PROFEDET, emitió los valores de cuánto deben pagar las empresas a los trabajadores que hoy están trabajando.

¿Trabajas hoy primero de enero? Si este es tu caso, la PROFEDET indicó el monto exacto que por ley tu empresa o patrón te debe pagar por este día feriado, sin excepción, según sea la zona en la que estés viviendo.

Tu pago por trabajar el 1ro de enero.Fuente: ShutterstockShutterstock

¿Quiénes y cuánto reciben el pago de 1.322,61 pesos por trabajar el 1ro de enero?

Según el Artículo 74 y 75 de la Ley Federal del Trabajo, LFT, los trabajadores de la Zona Libre de la Frontera Norte tienen recibirán un monto de 1.322,61 pesos por prestar sus labores un primero de enero.

Esto se debe a que el Salario Diario Mínimo para el 2026 en la ZLFN es de 440,87, este valor se multiplica por tres, lo que da el valor exacto que tu empresa o empleador deberá pagarte.

¿Cuánto recibirán los trabajadores del Área Geográfica del Salario Mínimo General?

La Ley Federal del Trabajo indica que los trabajadores de la Área Geográfica del Salario Mínimo General, recibirán un total de 945,12 pesos por trabajar el primero de enero, siendo su salario habitual diario de 315,04 pesos, esta cifra se multiplica por tres dando el valor exacto que le patrón deberá pagar: 945,12 pesos.

¿A dónde pedir ayuda si tu patrón no te pagó triple tu feriado del primero de enero?

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo tiene a disposición de los trabajadores la línea 079, del Gobierno de México y sus oficinas de atención presencial para realizar y efectuar las demandas correspondientes.

¿Trabajas hoy primero de enero? Si este es tu caso, la PROFEDET indicó el monto exacto que por ley tu empresa o patrón te debe pagar, sin excepción, según sea la zona en la que estés viviendo.

“Te deben pagar tu salario diario + un salario doble”, remarcó la PROFEDET en su anunció.

Además, la Ley Federal del Trabajo remarcó cuáles serán los días de descanso obligatorio para este 2026

  • 1ro de enero
  • 2 de febrero
  • 16 de marzo
  • 1ro de mayo
  • 16 de septiembre
  • 16 de noviembre

Estos días de descanso obligatorio o pago triple por parte de las empresas o patrón, está por ley en el artículo 74 de la LFT.