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En 2021, Argentina celebró las elecciones legislativas a nivel nacional para renovar a los diputados y senadores. Sin embargo, 29% de los ciudadanos no participó de los comicios, según los datos compartidos por la Cámara Nacional Electoral.

Ahora, muchas de las personas qué no se presentaron en la elección pasada se preguntan si podrán participar de las Elecciones 2023, en las Primaria, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y qué sanciones podrían percibir por no votar.

¿Puedo votar en las PASO si no voté en 2021?

La Dirección Nacional Electoral informó que las personas que no hayan votado en las últimas elecciones podrán participar sin inconvenientes en las PASO de este domingo 13 de agosto.

Esto se debe a que el voto es obligatorio para todos los ciudadanos argentinos y quienes no participen podrían ser penalizados.

¿Qué pasa si no voto en las PASO?

Las personas entre 18 y 70 años que no puedan justificar ante la Justicia Nacional Electoral porque no emitieron su voto serán sancionados con una multa económica y se los incorporará en el "Registro de Infractores al deber de votar".

Además, no podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. "Quien no pague la multano podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) durante un año", detalló el sitio oficial del Estado.

¿Quiénes pueden no presentarse a votar?

Por otro lado, el organismo explicó quiénes están exceptuados de votar en las PASO y en las elecciones generales:

  • Si la persona está a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tiene que votar y justifica ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.

  • Si el ciudadano está enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.

  • Trabajadores de organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones no puede votar.

  • Jueces o auxiliares y por disposición del Código Electoral Nacional tienen que asistir a su oficina y mantenerla abierta durante los comicios.