El Tribunal Constitucional (TC) ha cerrado una de las principales controversias jurídicas sobre la ley de amnistía, al rechazar las objeciones del Tribunal Supremo y confirmar la validez del artículo que incluye la malversación dentro de los delitos amnistiables.
La decisión supone un nuevo respaldo a la norma impulsada por el Gobierno y despeja parte del camino judicial para los líderes independentistas catalanes, entre ellos Carles Puigdemont.
El fallo, adoptado por mayoría, fue comunicado tras una larga deliberación del Pleno del TC, que contó con el apoyo del bloque progresista frente al rechazo de los magistrados conservadores Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa.
Según fuentes jurídicas citadas por la agencia EFE, el magistrado José María Macías no participó en la votación por estar recusado.
El TC avala la malversación en la amnistía y descarta nuevas inconstitucionalidades
El Constitucional resolvió así dos cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por el Supremo y las Cortes de Aragón, y rechazó el grueso de las alegaciones. Solo admitió las observaciones que ya habían sido reconocidas en su sentencia de junio, cuando la corte avaló la ley salvo tres aspectos menores.
En ambos casos, explicaron las fuentes, se trataba de "pura aplicación de doctrina" derivada del fallo previo del TC que desestimó el recurso del PP contra la norma. En palabras del tribunal, "no se ha declarado nada inconstitucional nuevo", lo que confirma la vigencia plena del texto.
El caso de Aragón era el primero en examinar específicamente el artículo sobre malversación, y el Constitucional lo ha avalado en su totalidad. No obstante, el tribunal evitó pronunciarse sobre cuestiones que pudieran anticipar un fallo en los amparos de Puigdemont y los exconsellers. Los magistrados descartaron un borrador que incluía menciones al expresidente catalán y optaron por una resolución más neutra.
Según la sentencia, "las Cortes que amnistían pueden decidir cómo perfilar la amnistía", lo que implica que el legislador tiene capacidad para definir y acotar las conductas que pueden beneficiarse de la medida, siempre dentro del marco constitucional.
La respuesta al Supremo: sin vulneración de la seguridad jurídica
En la cuestión planteada por el Supremo, el TC resolvió dos casos concretos relativos a tres condenados por desórdenes públicos y atentado durante las protestas en Girona y Barcelona tras la sentencia del procés. Solo estimó el punto ya resuelto en junio, que declaraba inconstitucional el artículo 1.1 por no otorgar la amnistía a las conductas vinculadas a las protestas vinculadas.
El resto de las alegaciones fueron rechazadas, con especial atención al principio de seguridad jurídica. El Constitucional señaló que este principio "no significa que los ciudadanos puedan y deban confiar, al amparo de la Constitución, en que la ley penal no cambiará, ni que no podrá ser objeto de excepciones o exenciones que se concreten en un trato más benévolo".
El fallo añade que esas circunstancias -personales, históricas o políticas- "pueden ser tenidas en cuenta por el legislador dentro de su potestad legislativa, siempre que respete las exigencias constitucionales". Con ello, el tribunal defiende la validez del uso político del perdón legal en contextos determinados.
El Supremo aún puede acudir a Europa
La decisión del TC tiene efectos inmediatos sobre una decena de causas que el Supremo mantenía paralizadas a la espera de esta resolución. Se trata de procedimientos vinculados a los hechos del procés y las protestas derivadas de su sentencia.
Fuentes judiciales apuntan que el Supremo aún puede recurrir a la justicia europea, en concreto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) o al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), si considera que la aplicación de la amnistía vulnera el marco legal comunitario o los derechos fundamentales.
Por el momento, el TC insiste en que "no se ha declarado nada inconstitucional nuevo", reforzando su criterio de junio y consolidando la legalidad plena de la ley de amnistía, incluido el tratamiento de la malversación de fondos públicos.