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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha incorporado una nueva medida que involucra a todas las personas mayores de 52 años que solicitan el subsidio por desempleo. A partir de ahora, para acceder a esta ayuda se deberá acreditar al menos una de dos causas específicas, además de los requisitos generales que ya se venían exigiendo.

Este subsidio está destinado a desempleados mayores de 52 años que han agotado otras prestaciones por desempleo y tiene como objetivo ofrecer un apoyo económico para facilitar su mantenimiento hasta la jubilación, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

Novedades sobre el subsidio para mayores de 52 años

La novedad principal es que ahora, además de estar inscritos y cumplir con el límite de ingresos, los solicitantes deberán demostrar que cumplen una de estas dos causas:

  1. Haber agotado la prestación contributiva por desempleo.
  2. Contar con un período mínimo de cotización reciente que habilite el acceso directo al subsidio, sin necesidad de haber recibido antes el paro contributivo.

Por medio de este cambio se busca garantizar que la ayuda llegue a personas que realmente han trabajado y cotizado en los últimos años o que han utilizado ya sus prestaciones previas.

Cuáles son los requisitos que exige el SEPE

Además de cumplir con todo lo anterior, se requieren otros requisitos esenciales:

  • Estar inscrito como demandante de empleo durante todo el periodo en que se reciba la ayuda.
  • No superar un límite de ingresos equivalente al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Mantener un compromiso activo en la búsqueda de empleo, lo que incluye participar en acciones de formación, envío de currículums y otras actividades relacionadas.

El SEPE tendrá la facultad de rechazar la solicitud del subsidio a quienes no puedan justificar al menos una de las nuevas causas exigidas, aun cuando cumplan con el resto de los requisitos establecidos.

Esta medida implica un acceso más restrictivo a la ayuda, lo que podría excluir a personas con cotizaciones más antiguas o que no hayan agotado previamente la prestación contributiva por desempleo.