Los pisos turísticos de Barcelona podrían tener un recargo en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) desde 2027, con incrementos de entre el 50% y el 150% según la cantidad de viviendas de uso turístico que tenga cada propietario. El Ayuntamiento prevé comenzar a cobrarlo el 31 de diciembre de ese año, informó este jueves la agencia de noticias EFE.
La propuesta busca incrementar la carga fiscal de los alojamientos turísticos en la ciudad y establece porcentajes diferentes según la cantidad de licencias que tenga cada propietario. La modificación de las ordenanzas fiscales todavía debe completar el trámite administrativo antes de su aprobación definitiva, prevista para diciembre de 2026.
Cómo se calculará el recargo del IBI: así afectaría a los propietarios
La modificación aprobada provisionalmente establece tres niveles de recargo en el IBI para los titulares de Viviendas de Uso Turístico (HUT). El porcentaje dependerá de cuántas viviendas con licencia municipal tenga cada propietario. En ese sentido, los incrementos previstos son los siguientes:
- Un 50% de recargo: para los titulares de una única vivienda de uso turístico.
- Un 100% de recargo: para quienes tengan dos o tres viviendas con esta licencia.
- Un 150% de recargo: para los propietarios de cuatro o más viviendas turísticas.
En Barcelona, los propietarios pagan, en general, un IBI equivalente al 1,1882% del valor catastral de sus viviendas. Con la nueva medida, los titulares de alojamientos turísticos deberán asumir un incremento sobre el impuesto que les correspondería sin ese recargo.
Cuántos propietarios tendrán que pagar el recargo máximo en Barcelona
Según los datos del Ayuntamiento, Barcelona cuenta actualmente con 10.627 viviendas que operan con licencias de Viviendas de Uso Turístico. La distribución de estos permisos determina cuántos titulares estarán sujetos a cada uno de los porcentajes previstos.
En concreto, 6077 licencias, el 57,2% del total, corresponden a titulares con cuatro o más viviendas turísticas, que deberán afrontar el recargo máximo del 150%.
Por su parte, los titulares de una sola licencia suman 3274, el 30,8% del total, y estarán sujetos al incremento del 50%. Las otras 1276 licencias, equivalentes al 11%, pertenecen a propietarios con dos o tres viviendas turísticas, a quienes se aplicará el recargo del 100%.
Cuándo entrará en vigor la medida y hasta qué año se aplicará
El consejo plenario del Ayuntamiento de Barcelona aprobó inicialmente la modificación de las Ordenanzas Fiscales para 2027 y los ejercicios siguientes durante una sesión extraordinaria celebrada este jueves.
El acuerdo provisional abre un periodo de información pública de 30 días hábiles, que comenzará a contar desde la publicación de la modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB). Una vez finalizado ese plazo, la propuesta podrá someterse a votación definitiva en el plenario de diciembre de 2026, junto con las alegaciones que se presenten.
Si se completa el procedimiento previsto, la nueva ordenanza entrará en vigor el 1 de enero de 2027. El Ayuntamiento comenzará a cobrar el recargo el 31 de diciembre de ese año, con una liquidación anual.
La medida se apoya en el decreto ley 26/2026 de Vivienda del Gobierno, que permite aplicar este tipo de recargos a los municipios declarados como zonas de mercado residencial tensionado, como Barcelona. Su aplicación estaría limitada a 2027 y 2028, dado que las licencias de viviendas turísticas en Cataluña caducarán a finales de 2028 y está previsto que no se renueven en la capital catalana.