En ausencia de un testamento, la ley española establece un protocolo riguroso para el reparto del patrimonio de una persona fallecida. Este mecanismo, denominado sucesión intestada, garantiza que los bienes no queden sin destinatarios legales, determinando con claridad quiénes tienen derecho a heredar y en qué orden.

Este mecanismo legal no solo organiza el reparto del patrimonio, sino que también delimita quiénes quedan completamente excluidos del proceso hereditario, incluso cuando existía una convivencia o relación estrecha con la persona fallecida.

Cómo se reparte una herencia sin testamento en España

Según el Código Civil español, la sucesión intestada se aplica cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento o cuando el mismo resulta inválido.

El orden legal establecido para los herederos es el siguiente:

  1. Descendientes directos (hijos, nietos).
  2. Ascendientes (padres, abuelos), en caso de no existir descendientes.
  3. Cónyuge viudo, si no existen herederos anteriores.
  4. Colaterales hasta el cuarto grado (hermanos, sobrinos, primos).
  5. El Estado, en caso de no existir herederos legales.

Este sistema prioriza los lazos sanguíneos directos, dejando fuera a quienes no posean una relación jurídica reconocida, como es el caso de determinadas parejas de hecho, salvo que la normativa autonómica lo contemple expresamente.

Qué porcentaje le corresponde a cada heredero según la ley

La legislación también define los porcentajes de reparto y los derechos asociados al cónyuge viudo en contextos de sucesión intestada.

  • En presencia de descendientes, estos heredan la totalidad del patrimonio en partes iguales. El cónyuge tiene derecho al usufructo del tercio de mejora, sin ser propietario.
  • Si los únicos herederos son ascendientes, el cónyuge conserva el usufructo de la mitad del caudal hereditario.
  • En ausencia de descendientes y ascendientes, el cónyuge hereda íntegramente la herencia como propietario.

Este reparto requiere previamente una declaración de herederos abintestato, tramitada ante notario o autoridad judicial, según el caso.

En el caso del fallecimiento de una persona con cónyuge e hijos, esto últimos recibirán la propiedad de la herencia, mientras el cónyuge podrá ejercer derechos de usufructo sobre parte de los bienes, como el uso de la vivienda habitual.

Quiénes quedan excluidos de una herencia sin testamento

Existen perfiles familiares o convivenciales que, pese a su proximidad afectiva con el fallecido, no son considerados herederos legales si no existe testamento que los contemple.

  • Parejas de hecho sin reconocimiento legal autonómico no poseen derechos hereditarios automáticos.
  • Personas sin vínculo de parentesco o fuera del cuarto grado —como amigos, parejas no registradas o cuidadores— también quedan excluidas, salvo disposición testamentaria en contrario.
  • Si el fallecido no cuenta con ningún heredero legal conforme al orden establecido, la herencia pasa al Estado, quien se convierte en titular del patrimonio dejado. Esta situación, aunque poco habitual, está expresamente regulada por la normativa.

Estas condiciones ponen de relieve la importancia de otorgar testamento para garantizar que la voluntad del causante se cumpla y se eviten posibles disputas o exclusiones no deseadas.

En última instancia, la sucesión intestada responde a un marco jurídico rígido que prioriza la consanguinidad y los vínculos matrimoniales formalizados. Ante cualquier duda específica, resulta recomendable recurrir a un profesional del derecho hereditario.