

En muchas viviendas de alquiler en España, la cláusula que pacta la actualización anual según el IPC suele ser habitual. Pero cuando el propietario no la aplica durante años, la respuesta legal no deja dudas.
El abogado Alberto Sánchez, especializado en derecho de arrendamientos, aclara en sus redes sociales una cuestión que genera inquietud en inquilinos y caseros: si existe un acuerdo explícito en el contrato para revisar el alquiler anualmente, el propietario puede aplicar de golpe las subidas acumuladas.
Cuál es el límite de aumento del alquiler
Sánchez lo dice claramente: "Sí, se pueden actualizar las rentas atrasadas de otros años. Si estás en una vivienda de alquiler y el propietario lleva 2, 3, 4 años sin actualizarte la renta, es posible que te actualice todo el IPC de una sola vez".

Si el contrato recoge expresamente la revisión anual de la renta conforme al IPC, el casero puede aplicar el porcentaje acumulado -por ejemplo, "si el primer año subió un 2 %, el segundo un 3 % y el tercero un 4 %, te lo puede subir el 9 % de golpe", añade el abogado-. Eso sí, siempre desde el mes siguiente a que se notifique oficialmente por escrito.
¿Es legal reclamar actualizaciones retroactivas?
Lo que el propietario no puede hacer, según recalca Sánchez, es reclamar lo que dejó de cobrar en su momento: "Lo que no podría hacer el propietario en este caso es cobrarte las rentas atrasadas. Eso es ilegal".
Esto se ajusta al artículo 18.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que establece que las subidas pactadas se aplican desde que se notifican, sin carácter retroactivo. Por tanto, el nuevo importe sí se puede exigir en adelante, pero nunca se podrá reclamar la diferencia de años pasados.
Cuál es el máximo que se puede acumular según la ley
El criterio legal y jurisprudencial marca un límite máximo de cinco años para la acumulación de actualizaciones del IPC si estas no se aplicaron en su momento. Más allá de ese plazo, no se podrían justificar incrementos pendientes, aunque estuviesen pactados.
Alberto Sánchez lo resume así: "Te los puede actualizar todos de golpe", pero solo si están dentro del margen legal y bien comunicados. Esto protege a inquilinos frente a reclamaciones excesivas y a propietarios ante pérdidas por falta de revisión de rentas.

Recomendaciones para inquilinos y caseros
Para evitar problemas, ambas partes deben tener en cuenta lo siguiente:
Los inquilinos deben revisar su contrato. Si no incluye cláusula de actualización anual, no pueden recibir subidas inesperadas.
En caso de existir esa cláusula, cualquier incremento debe notificarse por escrito, con el cálculo del IPC aplicado.
Los propietarios deben notificar con al menos un mes de antelación y usar referencias oficiales del INE para justificar la subida.
Cuál es el contexto legal vigente en España
La LAU permite actualizar la renta, pero exige previsión contractual y transparencia. En un momento donde la inflación impacta con fuerza, tanto propietarios como inquilinos deben entender bien sus derechos y obligaciones.
Entender esta normativa puede evitar conflictos, proteger tu economía y ayudarte a tomar decisiones más informadas a la hora de alquilar una vivienda.














