La pensión por incapacidad permanente es una prestación contributiva destinada a trabajadores cuya capacidad laboral se ve comprometida por una enfermedad o accidente. Esta ayuda garantiza un ingreso económico al beneficiario, pudiendo alcanzar un máximo de 3059 euros mensuales.
No obstante, para poder acceder a esta prestación, los beneficiarios deben cumplir con ciertos requisitos y someterse a revisiones periódicas por parte de la Seguridad Social. Es importante señalar que estas ayudas no son permanentes en todos los casos y pueden ser suspendidas bajo determinadas condiciones.
Guía de requisitos para la pensión por incapacidad permanente
Para acceder a esta prestación, es imperativo cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar dado de alta o en una situación asimilada al alta en la Seguridad Social.
- Los menores de 31 años deben haber cotizado al menos la mitad del tiempo transcurrido desde los 16 años hasta la fecha del hecho causante.
- Los mayores de 31 años deben haber cotizado un mínimo de un cuarto del tiempo desde los 20 años hasta la fecha del hecho causante, con un mínimo de cinco años de cotización.
- Es necesario someterse a un reconocimiento por parte del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI).
- No se debe superar los umbrales establecidos por la Seguridad Social, los cuales varían en función de la composición familiar del beneficiario.
¿Cómo realizar la solicitud de pensión por incapacidad permanente?
El procedimiento de solicitud debe llevarse a cabo en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o del Instituto Social de la Marina (ISM). Los documentos requeridos son los siguientes:
- DNI o NIE.
- Historial clínico actualizado.
- Informes médicos que certifiquen la enfermedad o lesión.
- Certificados de cotización y situación laboral.
Una vez que se haya presentado la solicitud, el EVI procederá a realizar una evaluación exhaustiva para determinar el grado de incapacidad y la base reguladora de la pensión correspondiente.