La Dirección General de Tráfico (DGT) ha actualizado sus políticas de renovación del carnet de conducir, enfocándose en la seguridad vial y la salud de los conductores. Esta medida se centra en garantizar que quienes estén al volante no estén bajo la influencia de medicamentos que puedan afectar su capacidad para conducir de manera segura.
Debido a estos controles más estrictos durante el proceso de renovación del permiso de conducir, los conductores que consuman ciertos medicamentos deberán presentar un informe médico que certifique que estén aptos para conducir un vehículo.
Medicamentos que afectan la capacidad de conducción
La DGT ha identificado una lista de medicamentos cuyo consumo puede influir negativamente en la capacidad de conducción. Estos fármacos pueden provocar somnolencia, disminución de reflejos, mareos y otros efectos secundarios que aumentan el riesgo de accidentes.
Entre los medicamentos que la DGT señala se encuentran:
Ansiolíticos y antidepresivos: utilizados para tratar trastornos de ansiedad y depresión, pueden causar somnolencia y afectar el tiempo de reacción.
Antihistamínicos: empleados para aliviar síntomas de alergias, pueden inducir somnolencia y disminuir la concentración.
Opiáceos y analgésicos fuertes: utilizados para el tratamiento del dolor intenso, pueden afectar la coordinación y la capacidad de concentración.
Insulina: en pacientes diabéticos, una hipoglucemia puede provocar mareos, confusión o pérdida de conciencia, lo que representa un peligro al volante.
En caso de no cumplir con los requisitos, la renovación del carnet será denegada.
Requisitos para la renovación del carnet
Los conductores que se encuentren bajo tratamiento con alguno de los medicamentos mencionados deberán presentar un informe médico que certifique que su condición y tratamiento no afectan su capacidad para conducir. Este informe debe ser emitido por un profesional de la salud y será evaluado por los Centros de Reconocimiento de Conductores autorizados.
Además, la DGT ha establecido que los conductores mayores de 65 años deberán renovar su carnet cada cinco años, y aquellos mayores de 70 años cada dos años, con el objetivo de garantizar que se mantienen en condiciones óptimas para la conducción.
Consecuencias de no cumplir con la normativa
El incumplimiento de estas nuevas regulaciones puede acarrear sanciones administrativas y penales. Si un conductor oculta información sobre su estado de salud o el consumo de medicamentos que afectan la conducción, y se ve involucrado en un accidente, podría enfrentarse a multas, retirada del carnet e incluso cargos penales.
Además, las compañías de seguros pueden negarse a cubrir los daños ocasionados en un accidente si se demuestra que el conductor estaba bajo la influencia de medicamentos que afectan la capacidad de conducción y no lo había declarado previamente.