La Dirección General de Tráfico (DGT) ha actualizado la normativa que regula el uso de autocaravanas en España con la publicación de una nueva instrucción, en vigor desde el 16 de marzo de 2026. Esta revisión sustituye a la de 2023 e incorpora cambios normativos recientes, además de adaptar los criterios a lo establecido por el Ministerio de Industria y Turismo en materia de inspección técnica de vehículos.
La actualización llega en un contexto de fuerte crecimiento del caravaning en España. Según señaló la DGT, en la última década, el número de autocaravanas se ha multiplicado por casi tres, pasando de poco más de 48.000 en 2015 a cerca de 137.000 en la actualidad, consolidándose como una alternativa cada vez más relevante dentro del turismo y la movilidad.
¿Cuáles son los nuevos plazos de ITV para autocaravanas y furgones vivienda?
La nueva instrucción precisa los plazos de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), que varían según el tipo de vehículo. En el caso de las autocaravanas (categoría M), estarán exentas de inspección hasta los 4 años de antigüedad; a partir de ese momento, deberán pasarla cada dos años, y cuando superen los 10 años, la revisión será anual.
Por su parte, los furgones vivienda o vehículos camperizados (categoría N) tendrán una periodicidad distinta: deberán someterse a inspección anual hasta los 10 años y, a partir de esa antigüedad, cada seis meses.
¿Qué normas deben respetar al circular y estacionar en vías urbanas?
En cuanto a la circulación y el estacionamiento, la instrucción establece que las autocaravanas pueden realizar estas maniobras en las mismas condiciones que cualquier otro vehículo. Sin embargo, deberán respetar las ordenanzas municipales y la señalización específica que puedan establecer los ayuntamientos.
Esta regulación se apoya en la interpretación del Tribunal Supremo, que avala que los municipios puedan limitar los tiempos de estacionamiento o prohibir la acampada fuera de zonas autorizadas. Estas restricciones buscan evitar problemas en la fluidez del tráfico, la seguridad vial y el uso equitativo del espacio público.
¿Qué cambios introduce la normativa sobre áreas de acampada y señalización?
La nueva instrucción también incorpora novedades relacionadas con las áreas de acogida o acampada, en línea con la legislación autonómica vigente en distintas comunidades. Estas zonas, concebidas para dar servicio a autocaravanas, deben contar con equipamientos específicos y estar correctamente señalizadas.
En este sentido, se incluye la nueva señal S-128, que identifica los puntos de vaciado de aguas residuales para caravanas y autocaravanas. Esta señal forma parte de la última actualización del catálogo de señales verticales de circulación publicada en 2025 y busca facilitar la localización de servicios esenciales para este tipo de vehículos.