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Un reciente cambio en el reglamento de la Dirección General de Tráfico (DGT) hará que los menores de edad en España se vean limitados sobre los coches en los que pueden transitar.

Hace poco más de una semana, el Ministerio de Industria y Turismo emitió un comunicado en el que informó que el Gobierno había aprobado un nuevo Reglamento de Vehículos Históricos. Lo hizo a través del Consejo de Ministros.

Vehículos históricos: el cambio para los menores

Una de las nuevas medidas que se incluyen es la prohibición de que los niños menores de edad, o de una estatura igual o superior a 1,35 centímetros, viajen a bordo de vehículos históricos que no tengan cinturones de seguridad. Todo aplica para vías interurbanas.

Además, otras medidas importantes que incluye esa nueva normativa es limitar la velocidad de circulación de estos coches a los 80 km/h y abaratar los procesos de matriculación.

Cuándo comenzará a regir la normativa

La nueva normativa aplicable entrará en vigor el próximo 1 de octubre.

Cuáles son los "vehículos históricos"

EnEspaña, un vehículo se considera "histórico" cuando cumple con ciertos requisitos establecidos en elReal Decreto 1247/1995. Así, para obtener esta clasificación, el vehículo debe tener una antigüedad mínima de 30 años desde su fabricación o primera matriculación.

Por otra parte, es esencial que el vehículo conserve su estado original, sin haber sufrido modificaciones significativas en su estructura o características técnicas. Si se lo ha restaurado, los arreglos deben haberse realizado respetando fielmente su diseño y componentes originales.

Para obtener la certificación oficial de vehículo histórico, es necesario pasar por una inspección técnica específica.

Si el vehículo cumple con los criterios exigidos, se emitirá un certificado de idoneidad y se inscribirá en el Registro de Vehículos Históricos, un proceso que también permite al vehículo utilizar matrículas históricas.