Este domingo 19 de noviembre los argentinos elegirán en balotaje al presidente que gobernará por los próximos cuatro años, si Sergio Massa o Javier Milei. En esta línea, es fundamental repasar cuáles son los documentos válidos para votar en las elecciones 2023.
En este punto, cabe destacar las indicaciones de la Cámara Nacional Electoral (CNE), que en su sitio web detalla: "se vota con el documento cívico que figura en el padrón electoral, o con una versión posterior del mismo".
Por lo tanto, las personas que lleguen al establecimiento con un documento anterior al que consta en el padrón, no se le permitirá sufragar.
Balotaje 2023: cuáles son los documentos permitidos
Así, los documentos con los que se puede asistir el domingo son:
- DNI libreta verde y libreta celeste
- DNI tarjeta (incluso el que dice "no válido para votar")
- Libreta de enrolamiento - Libreta cívica
Veda electoral: ¿qué está prohibido y hasta cuándo dura?
Ya empezó a regir la veda electoral, a menos de 48 horas para que se defina al próximo presidente de la Argentina en el balotaje.
El balotaje se realizará este domingo 19 de noviembre, por lo que desde las 8 de la mañana de este viernes ya se prohíben ciertas acciones políticas y sociales.
La veda electoralse extenderá hasta tres horas después del cierre de los comicios, es decir, que se mantendrá hasta las 21 horas del próximo domingo.
Las prohibiciones son dispuestas por el Código Nacional Electoral (CNE) y están ligadas generalmente a la propaganda política y a actividades sociales. Estas deben ser acatadas tanto por los candidatos a los diversos puestos de cada partido como por los ciudadanos.
Entre las acciones no admitidas por la CNE se cuentan la realización de actos públicos de campaña o difusión de propaganda, aunque también se prohíbe la venta de alcohol a partir del sábado.
Según indica el artículo 71 del Código Nacional Electoral, los ciudadanos no podrán realizar todo lo siguiente:
- Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio, dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
- Vender bebidas alcohólicas (desde las 20 horas del sábado hasta las 21 del domingo).
- Realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
- Portar armas, banderas, distintivos o insignias