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Tras los entrecruces internos por la ley de Discapacidad, el oficialismo finalmente llevó al recinto de Diputados un texto acordado sobre el régimen de Discapacidad que, si bien termina con la emergencia, redobla la apuesta sobre la ley vigente que sancionó la oposición y es contrario a lo que había mandado la Casa Rosada meses atrás. Se encamina a ser aprobada por unanimidad o cerca, con los votos de la oposición.

El dictamen fue negociado con los bloques aliados. Puntualmente brilló el misionero Oscar Herrera Ahuad, que responde al gobernador Hugo Passalaqcua, quien se puso al hombro un texto final que acordó con las diputadas libertarias Gisele Castelnuovo, cercana a Lule Menem, y Laura Rodríguez Machado. Los cambios finales fueron anunciados por él en el recinto, antes de la votación.

La versión corregida del dictamen asigna el financiamiento de la ley a la Jurisdicción 80 del Ministerio de Salud. Allí están los programas de Pensiones no Contributivas por Invalidez Laborativa, de Atención Médica a sus beneficiarios y de Prevención y Control de Discapacidades. El texto aclara que si el crédito de esos programas no alcanza, el excedente se cubrirá con una compensación presupuestaria sobre la Jurisdicción 91, “Obligaciones a Cargo del Tesoro”, en las actividades de Salud y Seguridad Social del programa “Otras Asistencias Financieras”.

Con esta cláusula, el oficialismo destrabó el voto de los aliados, que reclamaban garantías en el Presupuesto 2027 frente al Ministerio de Economía y la secretaria Legal y Técnica, que se resistían a modificarlo. “Ahora hay que trasladar esto al Presupuesto, vamos a sacar todo de la jurisdicción 91 para no alterar el equilibrio fiscal”, aclararon los legisladores que dialogaron con El Cronista.

Diputados - sesiónARCHIVO FOTOGRAFICO HCDN

El artículo 7 suma dos cláusulas que exceden el ejercicio 2027. Estable que las leyes de presupuesto deberán garantizar “un crédito presupuestario suficiente que asegure la sostenibilidad real y permanente del sistema”, y el ingreso por beneficiario no podrá ser inferior, en términos reales, al del año anterior. Además, la Jefatura de Gabinete deberá hacer en cada ejercicio las readecuaciones presupuestarias necesarias para garantizar “la continuidad inmediata de todas las prestaciones”.

La cláusula apunta al argumento con el que el Gobierno frenó la ley de emergencia vigente. Cuando el Congreso insistió con la Ley 27.793 por encima del veto de Javier Milei, el Decreto 681/2025 la promulgó pero suspendió su ejecución hasta que el Congreso definiera las fuentes de financiamiento, con base en el artículo 5 de la Ley 24.629. El tema terminó en la Justicia.

Del otro lado, el dictamen de minoría de Unión por la Patria, Provincias Unidas, el FIT, la Coalición Cívica y Elijo Catamarca que había impulsado el diputado Juan Marino buscaba directamente la prórroga la emergencia hasta fines de 2027.

El oficialismo no quería la emergencia porque le brindaba mayor discrecionalidad al Ejecutivo para la reasignación de las partidas y también una herramienta susceptible para la judicialización. En definitiva, las posturas terminaron siendo similares, y la oposición consideró que las modificaciones de Herrera Ahuad resultaron en una ley superadora y aportaron sus votos.

La sesión especial arrancó al mediodía y podría extenderse hasta la madrugada del jueves, con otros temas en carpeta. El oficialismo ya consiguió aprobar el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada.

La desconfianza y la negociación

La garantía presupuestaria llegó después de semanas de tensión con los socios del oficialismo. En la previa, los diputados del MID alertaron sobre una posible “traición” y exigieron que las partidas figuren en el Presupuesto. “Si nos quieren tomar por tontos a los que firmamos el dictamen de mayoría cuando sus diputados nos aseguraron que lo iban a cambiar, hoy no se sorprendan si lo votamos en contra”, advirtió el diputado Eduardo Falcone.

El origen del conflicto es el Capítulo VI del proyecto de Presupuesto 2027, que el Poder Ejecutivo envió el 15 de septiembre. Ese capítulo eliminaba la actualización automática del nomenclador de prestaciones y endurecía el acceso a las pensiones, en sentido contrario al texto que el bloque libertario negociaba en comisión con los aliados. Incluso la senadora Patricia Bullrich, miembro de la Mesa Política, salió públicamente a reprochar esa avanzada.

mesa políticaMartín Menem

El oficialismo se comprometió a retirarlo, pero en el Palacio de Hacienda se mostraron reacios a mover una coma del proyecto y sumar gasto. “No crean lo que dicen los medios”, les dijo el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, a los diputados en la comisión días atrás, tras negar un ajuste en Discapacidad. La frase despertó sospechas sobre la solidez de las negociaciones.

Tras la reunión de labor parlamentaria, el clima cambió. El presidente de la Cámara, Martín Menem, aseguró ante la prensa acreditada que Milei no vetará las leyes que se aprueben en la sesión. Desde Argentina Federal, el bloque que reúne a los oficialismos de Misiones y Salta, confirmaron que hablaron con el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y que este les aseguró que Nación cumplirá con el pago a los prestadores.

Ambos avanzaron sobre esta nueva estrategia, pese a la reticencia de las posturas del área de Salud y Legal y Técnica, de influencia directa del asesor Santiago Caputo. La versión original, que iba en sentido contrario a lo que terminó negociándose, fue enterrada por el área política de Karina Milei para evitar otra escalada. Desde un despacho oficialista incluso remarcaron que el proyecto original de Casa Rosada tenía mayor costo fiscal que el que acordaron con los aliados, algo que no se agitó para evitar agitar más la interna por Discapacidad.

Qué establece el texto final

El dictamen ratifica la vigencia del artículo 7 bis de la Ley 24.901, que la ley de emergencia incorporó y que fija la actualización automática y mensual de los aranceles de las prestaciones según el IPC. Era uno de los puntos que el Capítulo VI del Presupuesto eliminaba. En la versión final, el texto también ratifica la Ley 26.816 de empleo protegido para personas con discapacidad.

Fuente: NA
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En pensiones, el texto reescribe el artículo 9 de la Ley 13.478. Para acceder, la persona deberá contar con el Certificado Único de Discapacidad (CUD), tener ingresos netos individuales menores a dos salarios mínimos, y aprobar una evaluación socioeconómica cuyos criterios fijará la reglamentación con el Consejo Federal de Discapacidad (COFEDIS). El monto seguirá en el 70% del haber mínimo jubilatorio y la oposición negoció que puedan estar incluidos quienes sean beneficiarios de la AUH o la asignación familiar por hijo con discapacidad.

La pensión será compatible con un empleo registrado o con la inscripción en el monotributo -otro de los puntos que quiso eliminar el Gobierno- mientras los ingresos no superen dos salarios mínimos. En la última versión se eliminó la frase que dejaba esa compatibilidad sujeta a “las condiciones que establezca la reglamentación”, por lo que el Ejecutivo no podrá restringirla por decreto. Si los ingresos superan el tope, el cobro se suspende de forma automática y el titular puede pedir la rehabilitación inmediata cuando pierda el empleo o sus ingresos bajen del límite, con derecho a cobrar desde la fecha del pedido.

La cobertura de salud fue uno de los cambios que reclamó la oposición. El texto original era laxo y permitía dejar afuera de Incluir Salud, el programa para quienes no tienen obra social, a los titulares de la denominación anterior, las pensiones por invalidez. La versión final aclara que tanto los titulares de la pensión por invalidez laboral como los de la pensión por discapacidad tienen derecho a un programa médico que garantice las prestaciones básicas de la Ley 24.901. El financiamiento sale del programa de Atención Médica a los Beneficiarios de Pensiones no Contributivas, que el artículo 7 incluye entre las partidas protegidas.

Nuevo Certificado Único de Discapacidad en 2026: los cambios del CUD, cuándo hay que renovarlo y qué requisitos piden (foto: archivo).

El texto también crea un sistema de auditorías periódicas. La Secretaría Nacional de Discapacidad cruzará datos con ANSES, ARCA, SINTyS y RENAPER. Si detecta un incumplimiento, deberá notificar al titular y darle un plazo para presentar su descargo, y recién después podrá suspender la pensión de forma preventiva. Quien considere que cumple con los requisitos podrá pedir la rehabilitación provisoria del beneficio hasta que se resuelva su caso. Este esquema reemplaza el artículo 16 de la ley de emergencia, que exigía hacer las auditorías junto al COFEDIS y con criterios sanitarios.

Para los prestadores, el artículo 15 obliga al Ejecutivo a publicar en 30 días un cronograma de pago de la compensación que la ley de emergencia fijó por la diferencia entre los aranceles y la inflación de diciembre de 2023 a diciembre de 2024, uno de los pedidos del PRO. La deuda deberá quedar cancelada en 90 días para quienes hayan terminado el trámite. El vencimiento de la emergencia no afectará ese derecho. En la última corrección, el texto quitó la exigencia de cumplir los requisitos de la reglamentación: alcanza con los de la ley.

En materia de transparencia, la Secretaría Nacional de Discapacidad deberá publicar en formatos abiertos la ejecución presupuestaria de sus programas, los aranceles vigentes y la cantidad y el valor de las pensiones. Además, el Ministerio de Salud deberá articular de forma permanente con el COFEDIS el diseño y la evaluación de las políticas del sector, “en el marco de las competencias” de Nación y de cada provincia.