El Gobierno ratificó la decisión de dar de baja la moratoria previsional, a partir de la cual se podían jubilar aquellas personas que no cumplieran con los 30 años de aportes, por medio de un plan de pagos para regularizar su situación.
Desde este año, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) determinó que dichas personas solo puedan acceder a laPensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Sin embargo, esto también implicó la suspensión de una de las pensiones más importantes.
Adiós a la pensión por viudez: quiénes dejarán de cobrarla en agosto
Tras la decisión de no renovar la moratoria previsional, quienes lleguen a edad jubilatoria sin los aportes requeridos deberán solicitar la PUAM, que equivale a un 80% de la jubilación mínima.
Además, agregaron una importante desventaja: quienes perciban este beneficio no podrán acceder a la pensión por viudez, incluso si la pareja fallecida estaba jubilada.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar la pensión?
La misma seguirá disponible para quienes se encuentren bajo el régimen de jubilación tradicional SIPA. Los titulares deberán cumplir con estos requisitos:
- Cónyuge: presentar la partida de casamiento actualizada, emitida después del fallecimiento del trabajador.
- Conviviente: acreditar al menos 5 años de convivencia antes del fallecimiento (o 2 años si hubo hijos en común).
- Hijos: pueden recibir la pensión si son menores de 18 años, solteros y no cobran otra prestación. En caso de hijos con discapacidad, no hay límite de edad.
Requisitos para acceder a la PUAM
La PUAM está destinada a personas de 65 años o más que no tengan los aportes requeridos para jubilarse. Además de representar el 80% del haber mínimo, otorga acceso a beneficios como PAMI y asignaciones familiares.
Los requisitos para acceder son:
- Tener 65 años o más.
- Ser argentino nativo o naturalizado con 10 años de residencia, o extranjero con residencia de al menos 20 años.
- No recibir ninguna jubilación, pensión ni seguro de desempleo.
- Mantener residencia permanente en el país.
ANSES: fechas de cobro de agosto, prestación por prestación
Ya se encuentra disponible el calendario de pagos oficial para agosto de 2025.
Pensiones No Contributivas (PNC): calendario de pagos
Los titulares de Pensiones No Contributivas serán los primeros en cobrar en agosto, dando inicio al cronograma:
DNI terminados en 0 y 1: Viernes 8 de agosto
DNI terminados en 2 y 3: Lunes 11 de agosto
DNI terminados en 4 y 5: Martes 12 de agosto
DNI terminados en 6 y 7: Miércoles 13 de agosto
DNI terminados en 8 y 9: Jueves 14 de agosto
Fechas de cobro de jubilaciones y pensiones mínimas en agosto
Si cobrás la jubilación o pensión mínima, estas son tus fechas de pago en agosto:
DNI terminados en 0: Viernes 8 de agosto
DNI terminados en 1: Lunes 11 de agosto
DNI terminados en 2: Martes 12 de agosto
DNI terminados en 3: Miércoles 13 de agosto
DNI terminados en 4: Jueves 14 de agosto
DNI terminados en 5: Viernes 15 de agosto
DNI terminados en 6: Lunes 18 de agosto
DNI terminados en 7: Martes 19 de agosto
DNI terminados en 8: Miércoles 20 de agosto
DNI terminados en 9: Jueves 21 de agosto
Jubilaciones superiores a la mínima
Si tu haber supera la jubilación mínima, el cobro se realizará a partir de la siguiente semana:
DNI terminados en 0 y 1: Viernes 22 de agosto
DNI terminados en 2 y 3: Lunes 25 de agosto
DNI terminados en 4 y 5: Martes 26 de agosto
DNI terminados en 6 y 7: Miércoles 27 de agosto
DNI terminados en 8 y 9: Jueves 28 de agosto