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Cuando una persona fallece en Colombia, sus bienes y deudas pasan automáticamente a los herederos. Esto incluye no solo el dinero en cuentas, vehículos o propiedades, sino también las obligaciones tributarias pendientes con la DIAN. Si la sucesión se acepta sin las precauciones adecuadas, el heredero puede terminar respondiendo con su propio patrimonio.

La clave para evitar esa situación está en una figura legal contemplada en el artículo 1304 del Código Civil colombiano: el beneficio de inventario. Se trata de una herramienta que limita la responsabilidad del heredero al valor exacto de los bienes recibidos, sin comprometer su patrimonio personal.

Qué pasa con las cuentas y deudas tras el fallecimiento del titular

Tras la muerte del titular, las entidades financieras bloquean automáticamente los fondos de las cuentas hasta que se acredite quiénes son los herederos legales. Sin iniciar la sucesión, no es posible negociar con el banco ni transferir la titularidad de los productos financieros.

El problema aparece cuando el fallecido dejó deudas tributarias pendientes con la DIAN. Si el heredero acepta la herencia de manera pura y simple, sin tramitar el beneficio de inventario, puede responder con sus propios bienes si las obligaciones superan el valor de lo heredado.

Tras la muerte del titular, las entidades financieras bloquean automáticamente los fondos de las cuentas hasta que se acredite quiénes son los herederos legales (Representación creada con IA)ChatGPT

Qué es el beneficio de inventario y cómo protege al heredero

El beneficio de inventario, según el artículo 1304 del Código Civil, “consiste en no hacer a los herederos que aceptan responsables de las obligaciones hereditarias o testamentarias, sino hasta concurrencia del valor total de los bienes que han heredado”.

En la práctica, las deudas del fallecido se pagan solo con los bienes que él dejó, hasta donde alcancen.

Pasos clave que deben seguir los herederos en Colombia

El beneficio de inventario debe solicitarse antes de realizar cualquier acto que implique aceptación tácita de la herencia, según el artículo 1309 del Código Civil. Una vez el heredero actúa como tal sin reservas, pierde la posibilidad de acogerse a esta figura.

Los puntos centrales que deben tener en cuenta los familiares son:

  • Decidir si aceptan la herencia, con o sin beneficio de inventario, antes de hacer cualquier acto como heredero.
  • Iniciar el proceso de sucesión ante notaría o juez, según corresponda al caso.
  • Identificar bienes y deudas del fallecido en un inventario detallado, incluyendo paz y salvos fiscales.
  • Registrar formalmente el rechazo de la herencia, si esa fuera la decisión, para que los acreedores no puedan reclamar.
  • Revisar si corresponde declarar ganancias ocasionales y calcular el impuesto a pagar ante la DIAN.

El artículo 1305 del Código Civil establece, además, que si un coheredero decide aceptar con beneficio de inventario, esa decisión se extiende de manera obligatoria a los demás coherederos del proceso sucesorio.