

En Colombia, la justicia puede embargar el salario de los trabajadores por diversas razones, siendo una de las más relevantes la inasistencia alimentaria hacia sus hijos. En este contexto, es el juez de familia competente quien solicita la retención correspondiente.
La manutención establecida debe garantizar el sustento, la vivienda, la vestimenta, la atención médica, la recreación, la educación y todos los elementos necesarios para el desarrollo integral del niño, niña o adolescente.
Por lo tanto, en caso de incumplir con esta obligación, la justicia podrá embargar hasta el 50% del salario mensual del deudor.
Causas del embargo de sueldo por falta de pago de alimentos
Según informó Integrity Legal, un prestigioso bufete de abogados en Bogotá, el Código Sustantivo del Trabajo establece el límite máximo que se puede embargar por concepto de inasistencia alimentaria, fijado en un 50%. Esto implica que, si una persona percibe un salario mensual de 1.800.000 pesos colombianos, se le podría embargar hasta 900.000 pesos colombianos.
No obstante, este porcentaje representa el máximo permitido. El juez correspondiente tiene la facultad de determinar un embargo inferior, siempre que se garantice la satisfacción de todas las necesidades del menor de edad, sin comprometer la subsistencia del obligado.

¿Qué pasa si el deudor carece de ingresos fijos?
Cuando el progenitor responsable de abonar la pensión alimentaria carece de un salario o de bienes susceptibles de embargo, tiene la posibilidad de solicitar a las autoridades una revisión del monto que debe aportar. Si no lleva a cabo este procedimiento y persiste en su incumplimiento, aun sin poseer ingresos embargables, podría enfrentarse a sanciones más severas.
El incumplimiento de esta obligación se considera un delito conforme al Código Penal de Colombia, lo que puede resultar en penas de prisión que oscilan entre 16 y 54 meses, así como multas que varían entre 13 y 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Es fundamental que los responsables cumplan con sus deberes alimentarios para evitar consecuencias legales adversas.
¿Quiénes pueden solicitar la cuota alimentaria y qué documentos necesitan?
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) comunica que todos los padres, representantes legales, familiares, cuidadores, mujeres en estado de gestación y responsables del cuidado de menores de edad tienen la facultad de solicitar una cuota alimentaria.

Para llevar a cabo esta solicitud, es necesario presentar la siguiente documentación para proceder con el trámite:
- Original y copia del documento de identidad de las partes involucradas.
- Fotocopia del registro civil de nacimiento del menor.
- Tarjeta de Identidad para los niños que superen los 7 años de edad.
- Cualquier otro documento que se desee presentar en la audiencia.









