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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha publicado el calendario tributario para febrero de 2025, estableciendo las fechas límites para la declaración y el pago de diversos impuestos.

Entre ellos se encuentran el impuesto sobre la renta para grandes contribuyentes, la retención en la fuente y el impuesto a la gasolina.

Conocer las fechas establecidas resulta clave para evitar sanciones y mantener al día la situación tributaria.

Declaración de renta para grandes contribuyentes

Los grandes contribuyentes en Colombia deben presentar su declaración de renta correspondiente al año gravable 2024 entre el 11 y el 24 de febrero de 2025. La primera cuota del impuesto sobre la renta y complementarios, junto con el anticipo para el año gravable 2025, debe ser pagada en este periodo, dependiendo del último dígito del NIT.

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Para ser clasificado como gran contribuyente, la DIAN establece criterios como:

  • Haber aportado el 60% del recaudo bruto total de la entidad.
  • Tener ingresos netos iguales o superiores a 5.000.000 de Unidades de Valor Tributario (UVT), lo que equivale a 248.995 millones de pesos en 2025.
  • Declarar un patrimonio bruto igual o superior a 3.000.000 de UVT (149.397 millones de pesos en 2025).

Las personas naturales o jurídicas pertenecientes a un grupo empresarial que incluya un gran contribuyente también pueden recibir esta clasificación para efectos de control fiscal.

Otros vencimientos tributarios en febrero de 2025

Además de la declaración de renta para grandes contribuyentes, la DIAN ha establecido otras fechas clave:

  • Retención en la fuente: Se debe declarar entre el 11 y el 24 de febrero, según el último dígito del NIT. Este mecanismo permite recaudar el impuesto sobre la renta de forma anticipada y aplica a salarios iguales o superiores a 95 UVT (4.730.905 pesos en 2025).
  • Régimen Simple de Tributación (SIMPLE): Entre el 17 y el 21 de febrero, los contribuyentes acogidos a este esquema deben presentar su declaración anual del año gravable 2024. La fecha límite también depende del último dígito del NIT.
  • Impuesto a la gasolina y ACPM: La declaración debe presentarse el 14 de febrero, fecha que también aplica para el impuesto nacional sobre los productos plásticos de un solo uso.
  • Actualización del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB): La información debe actualizarse a más tardar el 1 de febrero.

Cumplir con estas obligaciones en los plazos establecidos evitará sanciones y permitirá a los contribuyentes mantener sus registros fiscales al día. La DIAN recomienda consultar su portal web para obtener más detalles sobre el proceso de declaración y pago de impuestos.