Bogotá: estos ciudadanos deben tener estos documentos o no podrán evadir pico y placa nunca más
Las autoridades endurecen los controles para garantizar el cumplimiento de las excepciones a esta medida. ¿A quiénes abarca?
- ¿Quiénes pueden solicitar la exención del pico y placa por discapacidad en Bogotá?
- Exención de pico y placa: ¿qué documentos necesito para acceder?
- ¿Cómo hacer la inscripción para la exención del pico y placa en Bogotá?
- ¿Cómo hacer para conservar la exención en Bogotá?
- ¿Tiene costo la inscripción al sistema de exención del pico y placa en Bogotá?
- ¿Qué pasa si no se cumplen los requisitos?
En Bogotá, el pico y placa continúa siendo una de las estrategias más importantes para controlar la movilidad vehicular y reducir la congestión en las vías.
Sin embargo, existe una excepción clave que favorece a personas con discapacidad, así como a sus cuidadores. Tal exención se volvió mucho más rigurosa: quienes no cuenten con los documentos exigidos quedarán automáticamente expuestos a sanciones, sin posibilidad de justificación posterior.
La Secretaría Distrital de Movilidad advirtió que solo los vehículos previamente registrados y con documentación en regla podrán beneficiarse de esta medida. En consecuencia, es vital conocer los requisitos, el proceso de inscripción y los canales oficiales habilitados.
¿Quiénes pueden solicitar la exención del pico y placa por discapacidad en Bogotá?
La exención aplica únicamente para vehículos que transportan personas con discapacidad permanente, o que son conducidos por ellas. El beneficio no se otorga automáticamente: debe ser solicitado, verificado y aprobado por la Secretaría de Movilidad.
Además, el vehículo debe estar vinculado exclusivamente al transporte del beneficiario, y es obligatorio que este se encuentre presente al momento de circular durante la restricción.
Exención de pico y placa: ¿qué documentos necesito para acceder?
La Secretaría Distrital de Movilidad definió los documentos obligatorios para acceder a la exención del pico y placa. Si falta uno solo, el vehículo no será registrado y podrá ser sancionado si circula en horario restringido.
Lista actualizada de requisitos:
- Oficio de solicitud formal para ser incluido en la base de vehículos exceptuados.
- Licencia de tránsito del vehículo (original y vigente).
- SOAT al día.
- Certificado de revisión técnico-mecánica vigente.
- Certificado médico de discapacidad permanente, expedido por EPS, IPS o ESE (con máximo un año de antigüedad).
- Fotocopia del documento de identidad del beneficiario.
- Fotocopia del carné de EPS donde conste la discapacidad permanente.
- Constancia de inscripción en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD).
¿Cómo hacer la inscripción para la exención del pico y placa en Bogotá?
Una vez reúna todos los documentos, deberá realizar el proceso de inscripción ante la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá, ya sea:
- Presencialmente, en los puntos de atención autorizados.
- Por correspondencia, entregando los documentos físicos.
- Virtualmente, a través de los canales digitales oficiales de la entidad.
Cabe mencionar que la inscripción no se hace de forma inmediata. El trámite puede tardar hasta 45 días hábiles y tiene una vigencia de un año, por lo que debe renovarse anualmente.
¿Cómo hacer para conservar la exención en Bogotá?
Una vez aprobada, la exención estará sujeta a condiciones estrictas. De no cumplirse, el conductor podrá recibir un comparendo inmediato, incluso si ya estaba inscrito.
Condiciones clave:
- Solo se permitirá un vehículo por persona con discapacidad.
- El beneficiario debe estar dentro del vehículo al momento de circular.
- El automóvil debe portar las señales visibles que lo identifiquen como vehículo de transporte para personas con discapacidad (frontal y trasera).
- Si la discapacidad proviene de una condición laboral, se acepta la certificación emitida por la ARL, siempre que indique una pérdida de capacidad igual o superior al 50%.
¿Tiene costo la inscripción al sistema de exención del pico y placa en Bogotá?
No. El trámite es completamente gratuito, no requiere abogado y puede realizarse de forma personal o mediante un tercero autorizado. Para recibir orientación, los ciudadanos pueden acudir a:
- Secretaría Distrital de Movilidad.
- EPS o IPS correspondiente.
- Defensoría del Pueblo.
- Personería Distrital.
- Alcaldía Local.
¿Qué pasa si no se cumplen los requisitos?
La Secretaría de Movilidad endurecerá las verificaciones. Cualquier vehículo que circule durante el horario de pico y placa alegando transportar a una persona con discapacidad, pero que no esté registrado y no porte la señalización requerida, será multado sin excepción.
Además, si durante una verificación el beneficiario no se encuentra dentro del automóvil, se considerará como una falsa excepción y se impondrán sanciones.