

El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México prohíbe a los conductores de vehículos motorizados utilizar el teléfono celular o cualquier dispositivo de comunicación mientras el vehículo esté en movimiento.
Según el artículo 38, cualquier manipulación debe hacerse con el coche detenido. Desde febrero de 2026, esta infracción se castiga con una multa de entre 30 y 35 UMAs, lo que equivale a un pago que va de 3,519.30 a 4,105.85 pesos. La última reforma del Reglamento fue publicada en la Gaceta Oficial el 6 de mayo de 2026.
¿Qué dice el Reglamento de Tránsito de la CDMX?
El artículo 38 establece que los conductores son responsables de evitar acciones que pongan en riesgo su integridad física y la de los demás usuarios de la vía. Por eso, el texto prohíbe a quienes manejan vehículos motorizados usar el celular o cualquier dispositivo de comunicación con el auto en movimiento.
La norma también aplica a otros distractores. Por ejemplo, en el caso de mapas y navegadores GPS, cualquier manipulación debe hacerse con el vehículo detenido.

Además, el Reglamento contempla la restricción para quienes usan vehículos no motorizados, vehículos eléctricos personales y monopatines eléctricos, quienes tampoco pueden manipular el celular mientras van en movimiento. En el caso de los vehículos no motorizados, aquellos que no cumplan serán amonestados verbalmente y orientados a conducirse conforme a las disposiciones aplicables.
¿Qué otras conductas prohíbe el artículo 38?
Más allá del celular, el artículo 38 enumera otras acciones que los conductores de vehículos motorizados deben evitar:
- Llevar objetos que obstruyan la visibilidad del conductor o lo distraigan.
- Llevar objetos de gran tamaño entre la portezuela del vehículo y su costado izquierdo.
- Sostener, cargar o colocar personas o animales entre los brazos y las piernas.
- Utilizar objetos que representen un distractor para la conducción segura.
Sobre cómo se notifica la sanción, el Reglamento indica que, cuando la infracción la impone un agente autorizado mediante equipos electrónicos portátiles, la boleta se da a conocer a la persona a través del número de teléfono celular o el correo electrónico que haya proporcionado. Si hay negativa, se hace constar y se notifica por vía electrónica.














