En esta noticia
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) mantiene guardados miles de millones de pesos en las subcuentas de vivienda de los trabajadores. Estos recursos, acumulados a lo largo de años de aportaciones patronales, representan un patrimonio importante que muchos desconocen cómo y cuándo pueden recuperar.
La realidad es que estos fondos no están disponibles en cualquier momento ni bajo cualquier circunstancia. La ley es clara: existen únicamente dos vías legales para acceder a este dinero, y cualquier otra opción que prometa entregas en efectivo fuera de estos esquemas es completamente ilegal.
¿Quiénes pueden recibir la devolución del Infonavit?
La devolución de la Subcuenta de Vivienda está reservada exclusivamente para trabajadores que cumplan con uno de estos dos supuestos:
- Haber utilizado los recursos para adquirir una vivienda a través de los programas y modalidades que ofrece el instituto.
- Haber alcanzado la edad de retiro y contar con una resolución o negativa de pensión emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Esta resolución puede ser por vejez, cesantía en edad avanzada, invalidez o incapacidad total o parcial.
Es fundamental entender que no existe una tercera opción. Los recursos del Infonavit están protegidos por ley y su propósito es dual: vivienda durante la vida laboral o complemento para la pensión al final de la misma.
El monto depende de tu régimen: Ley 73 vs Ley 97
La cantidad que recibirás y la forma en que te será entregada depende completamente del régimen bajo el cual cotizaste al IMSS. Existen diferencias sustanciales entre ambos sistemas:
Trabajadores bajo la Ley 73
Si comenzaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y dejaste de trabajar como asalariado, o si aunque continuaste trabajando decidiste pensionarte bajo este régimen, recibirás tus recursos en una sola exhibición.
El monto incluye la totalidad de lo acumulado en tu Fondo de Ahorro 1972-1992, Subcuenta de Vivienda 92 y Subcuenta de Vivienda 97, más todos los rendimientos generados hasta el momento de realizar el trámite.
Tienes la opción de solicitar esta devolución tanto en tu Afore como directamente en el Infonavit, siendo esta última la vía para obtener el 100% de tus recursos en un solo trámite.
Trabajadores bajo la Ley 97
Si iniciaste tu vida laboral después del 1 de julio de 1997, tu situación es diferente. Los recursos de tu Subcuenta de Vivienda no se entregarán en efectivo de manera separada, sino que se integrarán al fondo total que determinará tu pensión mensual.
En este esquema, debes solicitar a tu Afore que los recursos de las Subcuentas de Vivienda 92 y 97, junto con sus rendimientos, se sumen al saldo con el que se calculará tu retiro programado o renta vitalicia.
La única excepción son los recursos del Fondo de Ahorro 1972-1992 (si los tienes), que sí pueden solicitarse directamente al Infonavit para recibirse en efectivo.
Alerta de fraude: cuidado con los “gestores milagrosos”
En redes sociales y en diversos espacios públicos aparecieron anuncios de supuestos despachos y asesores que prometen retirar el dinero del Infonavit en efectivo, de manera inmediata y sin cumplir los requisitos legales. Algunos incluso aseguran que el servicio “no tiene costo”.
Estos intermediarios, conocidos coloquialmente como “coyotes”, operan al margen de la ley y cobran comisiones elevadas por gestiones que, en el mejor de los casos, no prosperarán, y en el peor, pueden implicar el uso fraudulento de datos personales o la pérdida total de los recursos.
Si alguien te contacta ofreciendo retirar tu dinero del Infonavit antes de que cumplas con los requisitos legales, o prometiendo hacerlo en efectivo cuando estás bajo la Ley 97, desconfía inmediatamente. No existe ninguna forma legal de hacerlo fuera de los canales oficiales.
¿Cómo se conforma tu Subcuenta de Vivienda?
Tu ahorro en esta subcuenta proviene principalmente de las aportaciones bimestrales que tu patrón realiza por un monto equivalente al 5% de tu salario diario integrado. Aunque estos recursos aparecen en tu estado de cuenta de la Afore, su administración corresponde exclusivamente al Infonavit.
Dependiendo de los períodos en que hayas cotizado, puedes tener recursos en uno, dos o los tres esquemas de fondos de vivienda:
- Fondo de ahorro 1972-1992: Para quienes recibieron aportaciones entre mayo de 1972 y febrero de 1992
- Subcuenta de Vivienda 1992: Para quienes cotizaron entre marzo de 1992 y junio de 1997
- Subcuenta de Vivienda 1997: Para quienes han recibido aportaciones desde julio de 1997 hasta la actualidad
Estos recursos no prescriben, es decir, siempre te pertenecen sin importar cuánto tiempo haya pasado desde que dejaste de cotizar.