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Los pensionistas del ISSSTE que residen fuera de México tienen períodos específicos para acreditar que continúan con vida y mantener vigente su derecho a la pensión. El trámite se realiza mediante una representación consular mexicana y forma parte de la llamada “revista de supervivencia”.

Para el segundo semestre, el período establecido para los pensionistas del ISSSTE es julio o agosto. Por eso, quienes todavía no hayan realizado la comprobación correspondiente cuentan hasta el final de agosto para efectuar el trámite dentro de este período.

Atención: quiénes deben presentar el certificado de supervivencia antes de que termine agosto

La Secretaría de Relaciones Exteriores informa que las instituciones de seguridad social mexicanas solicitan a sus pensionistas que radican en el extranjero comparecer ante una representación consular para acreditar su supervivencia. Entre esas instituciones se encuentra el ISSSTE.

En el caso de los pensionistas del ISSSTE, la certificación de vigencia de derechos se realiza dos veces al año. El primer período corresponde a enero o febrero, mientras que el segundo se lleva a cabo durante julio o agosto.

El trámite está dirigido a pensionistas mexicanos y extranjeros que tienen su residencia en otro país y reciben una pensión del ISSSTE, con la excepción señalada por la Embajada de México en Brasil para quienes tienen radicada su pensión en una delegación del ISSSTE en territorio nacional.

La comprobación se realiza ante una embajada o consulado de México. De esta manera, la representación consular acredita que la persona pensionista está con vida y permite mantener la vigencia de sus derechos ante la institución correspondiente.

Qué documentos deben presentar los pensionistas del ISSSTE

Los requisitos pueden variar según la representación consular donde se realice el trámite. La Embajada de México en Brasil establece para los pensionistas del ISSSTE la presentación del original y una fotocopia de la credencial de pensionista expedida por el Instituto o, en su defecto, una identificación oficial como el pasaporte o la credencial para votar.

También solicita el último talón de pago y una fotografía tamaño 3x4. La misma representación señala que el trámite es gratuito.

Oficial | Hasta el lunes 31, jubilados del IMSS, ISSSTE o ISSFAM deberán presentar el certificado de supervivencia para recibir su pensión de México
Oficial | Hasta el lunes 31, jubilados del IMSS, ISSSTE o ISSFAM deberán presentar el certificado de supervivencia para recibir su pensión de MéxicoShutterstock

Otros consulados mexicanos pueden establecer requisitos o procedimientos particulares. Por ejemplo, el Consulado de México en Vancouver señala que los interesados deben comparecer personalmente y presentar una identificación oficial vigente, además de la documentación relacionada con su pensión.

Por este motivo, antes de acudir, los pensionistas deben revisar las indicaciones de la embajada o consulado mexicano correspondiente a su lugar de residencia, ya que las condiciones para solicitar la cita o presentar la documentación pueden ser diferentes.

Qué ocurre si no se acredita la supervivencia

La información consular de la Secretaría de Relaciones Exteriores señala que las instituciones pueden suspender el envío de los cheques de pensión a los pensionistas que no realizan la verificación de supervivencia.

Por eso, para quienes reciben una pensión del ISSSTE y viven en el extranjero, agosto es el último mes del segundo período establecido para realizar la certificación de vigencia de derechos. Quienes todavía no hayan cumplido con este trámite deben consultar a la representación consular mexicana correspondiente para conocer el procedimiento aplicable.

La información oficial consultada no establece un plazo general de 10 días para todos los pensionistas ni señala que la pensión se pierda de manera definitiva por no presentar el certificado dentro de ese período. Lo que sí indica es que la falta de verificación puede derivar en la suspensión del envío de los pagos, por lo que el trámite debe realizarse durante el período correspondiente.