

El Servicio Militar Nacional (SMN) continúa siendo obligatorio en México de acuerdo con la Ley del Servicio Militar. El adiestramiento para el período de agosto, en tanto, regresó desde principio de mes.
La normativa establece diferentes obligaciones relacionadas con la inscripción, el sorteo y la presentación ante las autoridades militares. Quienes sean incorporados al contingente activo y no se presenten sin una causa justificada pueden enfrentar la sanción prevista en el artículo 53.
Servicio Militar: qué pasa si una persona sorteada no se presenta
El artículo 53 de la Ley del Servicio Militar establece una sanción para quien haya sido inscrito en las listas del contingente destinado a formar parte del activo y no se presente ante la autoridad correspondiente.
La norma señala que la persona debe haber sido notificada mediante la publicación realizada en su lugar de residencia o por medio de una cita. La ausencia debe producirse sin una causa justificada y mantenerse durante los tres días posteriores al plazo establecido.
Cuando se cumplen esas condiciones, la ley contempla una pena de 30 días de prisión. No se trata de una multa administrativa aplicada automáticamente por la Secretaría de la Defensa Nacional.
La autoridad competente debe determinar las circunstancias del caso, comprobar la notificación y analizar si existió alguna justificación para que la persona no se presentara.

La legislación también diferencia esta conducta de otras infracciones, como evitar la inscripción, no acudir ante una junta de reclutamiento o utilizar medios fraudulentos para obtener una excepción.
Qué establece la ley sobre quienes intentan evitar el Servicio Militar
El artículo 50 determina que todo acto dirigido a evitar la inscripción de una persona en edad militar puede ser consignado ante los tribunales federales. La pena prevista para esta conducta es de un mes a un año de prisión.
El artículo 51 contempla la misma pena para las personas en edad militar que, sin una causa justificada, no comparezcan ante las Juntas Municipales u Oficinas de Reclutamiento.
También alcanza a quienes consigan fraudulentamente una excepción y a los integrantes de las oficinas de reclutamiento que utilicen medios ilícitos para ayudar a una persona a evitar la inscripción, el sorteo o conseguir una excepción injustificada.
Estas disposiciones no significan que todas las personas que falten a una actividad recibirán automáticamente una pena. La conducta debe encuadrar en alguno de los supuestos establecidos por la ley y ser analizada por la autoridad competente.
Cómo funciona el sorteo del Servicio Militar en México
La Secretaría de la Defensa Nacional fija cada año el contingente que debe incorporarse al servicio activo. Cuando el número de personas de una clase supera las plazas disponibles, la selección se realiza mediante un sorteo público.
Las Juntas Municipales de Reclutamiento deben publicar las listas, realizar el sorteo y comunicar a los interesados su designación, obligaciones y las consecuencias previstas por incumplir la normativa.
La Oficina Central de Reclutamiento concentra la información y determina la distribución del contingente, así como el lugar y la fecha en los que deben presentarse los conscriptos.
Las personas a las que no les corresponda incorporarse al activo también pueden quedar sujetas a los periodos de instrucción que determine la Secretaría de la Defensa Nacional.
Cuáles son las sanciones contempladas por la Ley del Servicio Militar
La legislación distingue diferentes conductas y establece sanciones específicas:
- Evitar la inscripción: el artículo 50 contempla de un mes a un año de prisión.
- No comparecer ante Reclutamiento: el artículo 51 establece de un mes a un año de prisión cuando no existe una causa justificada.
- No presentarse después de quedar incluido en el contingente activo: el artículo 53 contempla 30 días de prisión.
- Ocultar a una persona prófuga del servicio: el artículo 54 establece entre uno y seis meses de prisión; la reincidencia duplica la pena.
- Impedir o retrasar la reunión de los sorteados: el artículo 55 contempla entre uno y seis meses de prisión. La pena aumenta cuando se utilizan amenazas o fuerza.
- Provocarse una incapacidad para evitar el servicio: el artículo 56 establece entre seis meses y un año de prisión.
- No informar un cambio de domicilio: el artículo 58 contempla un arresto de dos a 15 días en tiempo de paz.
La Ley del Servicio Militar también dispone que, cuando corresponda, las obligaciones militares comienzan a contarse después de que el conscripto haya cumplido la condena impuesta.













