

¿Tienes un familiar recibe la pensión por IMSS y desapareció y quieres saber qué pasará con ese dinero? B Bueno, la norma indica que cuando una persona pensionada del IMSS fallece, la ley garantiza que su apoyo económico no se pierda.
Según el Capítulo V del Régimen Obligatorio del Seguro Social, los beneficiarios del IMSS pueden acceder a diversas prestaciones, entre ellas la pensión por viudez, orfandad o ascendientes.
El artículo 137 Bis de la Ley del Seguro Social detalla que, si un pensionado desaparece, “sus beneficiarios con derecho a la pensión disfrutarán de la misma en los términos de la sección del ramo de vida... con carácter provisional”. Esto permite mantener la seguridad económica del hogar.

En caso de que el pensionado reaparezca, “tendrá derecho a disfrutar él mismo su pensión y a recibir las diferencias entre el importe original... y aquél que hubiese sido entregado a sus beneficiarios”. Si se confirma su fallecimiento, el pago “será definitivo”.
¿Quién puede acceder a la pensión por viudez del IMSS?
Tienen derecho la o el cónyuge, concubina o concubinario, e incluso la persona unida civilmente al asegurado fallecido.

En ausencia de estos, la pensión puede ser para los hijos o, de no haberlos, para los ascendientes dependientes.
La ley establece que la pensión se mantiene incluso si el beneficiario trabaja, y que en caso de nuevo matrimonio, se recibe una suma global equivalente a tres anualidades de la pensión disfrutada.
¿Qué ocurre si no hay beneficiarios directos?
Si no existen cónyuge, hijos o pareja con derecho, el artículo 137 indica que la pensión se otorgará “a cada uno de los ascendientes que dependían económicamente del asegurado o pensionado”.
De esta forma, el IMSS garantiza que los recursos del pensionado fallecido sean destinados a sus familiares cercanos, protegiendo su sustento conforme a la ley.













