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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó revisar el caso de una mujer que, por sí y en representación de su hija e hijo adolescentes, impugnó la sentencia de una Sala Civil de la Ciudad de México. Esa sentencia ordenaba disolver la copropiedad de dos inmuebles adquiridos durante su relación de concubinato con su expareja, lo cual sienta jurisprudencia en casos similares a futuro.

En uno de los inmuebles vive la familia y en el otro se encuentra el espacio de trabajo de la mujer. Ella señaló que, desde su separación, ha enfrentado violencia económica y patrimonial. El asunto es el Amparo Directo 36/2025, resuelto por el Pleno el 25 de marzo de 2026.

¿Por qué intervino la Corte si el juicio es sobre una copropiedad?

El Pleno determinó que, aunque el juicio civil se centra en la terminación de la copropiedad y no en una pensión alimenticia, su resolución puede incidir de forma relevante en el derecho de alimentos y de habitación de los hijos adolescentes. La razón es que se trata de bienes que han funcionado como hogar y sustento económico de la familia.

El máximo tribunal concedió un amparo en un caso que puede afectar a dos adolescentes.
El máximo tribunal concedió un amparo en un caso que puede afectar a dos adolescentes.SCJN

Con fundamento en la Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño, la jurisprudencia sobre interés superior de la niñez, alimentos y perspectiva de infancia, y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la SCJN concluyó que el caso debe resolverse protegiendo de manera reforzada los derechos de niñas, niños y adolescentes. También debe tomarse en cuenta la posible situación de violencia económica hacia la madre.

¿Qué ordenó la Corte a la Sala Civil?

La Corte concedió el amparo para que la Sala Civil deje sin efectos su sentencia y reponga el procedimiento. Para ello, ordenó a la Sala que:

  • Recabe de oficio la información y las pruebas necesarias.
  • Incluya las relativas a guarda y custodia, régimen de alimentos y la función de los inmuebles en la dinámica familiar.
  • Emita una nueva resolución con perspectiva de niñez y de género.
  • Considere el posible impacto que la disolución de la copropiedad pudiera causar en los hijos.

La Corte ordenó que la Sala Civil emita una nueva sentencia bajo estos criterios.