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El Servicio de Administración Tributaria, SAT, anunció un programa de regulación fiscal para este 2025 que permitirá a ciertos contribuyentes reducir sus adeudos fiscales.

Esta iniciativa contempla la disminución del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución, facilitando el pago de impuestos atrasados y promoviendo la regularización de personas físicas, así como de micro, pequeñas y medianas empresas.

Regulación Fiscal 2025. Fuente: SATMX.

El beneficio de la Regulación Fiscal 2025 aplica a adeudos fiscales determinados por el SAT y la Agencia Nacional de Aduanas de México, ANAM, correspondientes a ejercicios de 2023 o anteriores.

Con esta medida, los contribuyentes podrán sanear su situación fiscal sin asumir costos adicionales derivados de penalizaciones.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

Este programa está dirigido a personas físicas y morales cuyos ingresos anuales no superen los 35 millones de pesos en el ejercicio fiscal a regularizar.

Los solicitantes deben cumplir con ciertos requisitos, como no haber recibido condonaciones fiscales en programas generalizados anteriores (2000, 2007 o 2013), no haber sido condenados por delitos fiscales y no figurar en los listados del artículo 69-B y 69-B bis del Código Fiscal de la Federación.

¿Qué adeudos fiscales cubre el programa?

El alivio fiscal cubre recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales propias, retenidas, trasladadas o con cuotas compensatorias.

También abarca multas impuestas por infracciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior, incluyendo aquellas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a las de pago, siempre que hayan sido determinadas junto con contribuciones federales omitidas.

¿Cómo aplicar al Programa de Regulación Fiscal 2025?

Para acceder a esta reducción fiscal, los contribuyentes deben presentar su solicitud a partir del 1 de enero de 2025. Sin embargo, es importante destacar que la respuesta del SAT no es impugnable y que la disminución fiscal no se considera ingreso acumulable para efectos del Impuesto sobre la Renta.

El pago de las contribuciones pendientes debe realizarse en efectivo, sin posibilidad de compensación o pago en especie.