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Una decisión sin precedentes sacudió el sistema de ahorro para el retiro en México y encendió las alertas entre jubilados y trabajadores activos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las cuentas individuales de Afore ya no serán intocables cuando exista incumplimiento en el pago de pensión alimenticia.
El fallo impacta directamente a afiliados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), estableciendo que el derecho de los menores a recibir sustento está por encima de la protección patrimonial destinada a la vejez.

En qué casos específicos la Suprema Corte permitirá que un juez ordene el embargo de una cuenta Afore vinculada al IMSS o al ISSSTE
El fallo no habilita embargos automáticos ni generalizados. La resolución establece condiciones muy claras y restrictivas para que proceda la medida. En primer lugar, el juez deberá comprobar que el deudor no cuenta con otros bienes embargables —como propiedades, vehículos o cuentas bancarias con liquidez— que permitan cubrir la obligación.
En segundo término, deberá acreditarse que la persona se encuentra sin empleo formal o sin ingresos salariales suficientes. Es decir, el embargo a la subcuenta de retiro operará como último recurso cuando no exista otra vía real para garantizar el pago de alimentos.
La Suprema Corte fue enfática en que esta decisión se fundamenta en el principio del “interés superior del menor”, el cual obliga a todas las autoridades a priorizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir sustento oportuno y suficiente. Bajo esta lógica, la protección del ahorro individual no puede colocarse por encima de un derecho básico de subsistencia.

Cuál es el monto máximo que podrán retener de la Afore y cómo se calcula el límite autorizado por la Corte
Uno de los puntos que más inquietud generó entre pensionados es cuánto dinero podrían perder en caso de embargo. La Suprema Corte estableció un límite para evitar que el titular quede en una situación de desprotección absoluta.
El monto a retener será el que resulte menor entre dos parámetros:
- El equivalente a 75 días del salario base de cotización promedio de los últimos cinco años.
- El 10% del saldo acumulado en la subcuenta de retiro.
Con este esquema, el máximo tribunal buscó equilibrar dos derechos en tensión: por un lado, asegurar recursos para los menores; por otro, impedir que el trabajador pierda la totalidad de su ahorro para la vejez.















