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Aunque muchos no lo tengan en cuenta, los trabajadores y trabajadoras que presenten un grado de invalidez de 45% o más podrán solicitar unajubilación anticipada por discapacidad a la Seguridad Social.

En estos casos, no será necesario contar con la edad legal para jubilarse y, si cumplen con los requisitos exigidos, podrán percibir dicha pensión mensual de forma indefinida.

Cómo tramitar la jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad (foto: archivo).
Cómo tramitar la jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad (foto: archivo).

Jubilación anticipada por discapacidad

La Seguridad Social de España explicó en su portal web que la "edad ordinaria de jubilación vigente en cada momento podrá ser reducida" para los trabajadores con una invalidez igual o superior al 65% o, también, para los trabajadores con un grado de invalidez igual o superior al 45%".

Sin embargo, aclararon que será así "siempre que, en este último caso, la invalidez de que se trata se determina reglamentariamente para acreditar una reducción general y apreciable de la esperanza de vida del trabajador".

Los requisitos para acceder a una jubilación anticipada

Las personas que podrán acceder a una jubilación anticipada por discapacidad son los trabajadores por cuenta ajena o propia incluidos en cualquiera de los regímenes que integran el Sistema de la Seguridad Social y cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar en alta o en situación asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante.

  • Haber trabajado un tiempo efectivo equivalente al período mínimo de cotización que se exige para poder acceder a la pensión de jubilación, estando afectados durante ese tiempo por alguna de las patologías generadoras de discapacidad y, dentro de ese periodo, tener un mínimo cinco años con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.
Cómo tramitar la jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad (foto: archivo).
Cómo tramitar la jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad (foto: archivo).

Jubilación anticipada por discapacidad: ¿a qué edad puedo solicitarla?

Por otro lado, la Seguridad Social aclaró que "la edad mínima de jubilación de las personas afectadas, en grado igual o superior al 45%, por una discapacidad será a partir de los 56 años desde el 1 de enero del 2012".

¿Cómo tramitar la jubilación por discapacidad?

Las personas que necesiten tramitar la jubilación por discapacidad deberán tramitarla en Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o, si se trata de trabajadores incluidos en el campo de aplicación del Régimen Especial del Mar, al Instituto Social de la Marina (ISM).

Los papeles a presentar son los siguientes:

  • Si ha trabajado en alguna actividad que tenga reconocida bonificación de edad: certificado de la empresa o empresas donde consten la categoría profesional y los períodos trabajados en ese puesto.
  • Certificado de discapacidad y grado reconocido expedido por el IMSERSO u organismo competente o auto judicial.
  • Acreditación de la necesidad de ayuda de terceras personas o por movilidad reducida, expedida por el IMSERSO.