En España, las pensiones son un tema especialmente sensible. Representan el fruto de toda una vida laboral y, en muchos casos, la única fuente de ingresos para quienes ya no pueden seguir trabajando. Ahora, el Gobierno de Pedro Sánchez anunció una modificación en la normativa de la Seguridad Social, que genera inquietud entre un colectivo: las personas mayores de 55 años que reciben una pensión por incapacidad permanente total cualificada.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) introdujo un cambio que no pasa desapercibido. A partir de ahora, quienes estén cobrando este tipo de pensión y decidan retomar alguna actividad laboral, aunque sea parcial o adaptada a su situación, dejarán de recibir el 20% adicional que complementaba su prestación. Una medida que podría suponer un impacto directo en los ingresos de muchas familias.
¿Qué es la pensión por incapacidad permanente total cualificada?
Este tipo de pensión está dirigida a personas que, debido a una limitación física o psíquica, no pueden ejercer su profesión habitual. De forma general, la cuantía de la prestación equivale al 55% de la base reguladora del trabajador.
Sin embargo, existe una excepción: si el beneficiario tiene más de 55 años y se encuentra fuera del mercado laboral, se le añade un complemento del 20%, alcanzando así el 75%.
Este aumento tiene una justificación clara. A medida que avanza la edad, las posibilidades de encontrar empleo disminuyen considerablemente, y las condiciones de salud suelen dificultar aún más el retorno a la vida laboral. Por eso, este porcentaje extra actúa como un apoyo económico adicional para quienes se ven en esa situación.
El gobierno le quitará un 20% de la pensión al beneficiario que retome alguna actividad laboral
La nueva normativa introducida por la Seguridad Social establece una condición que lo cambia todo: el complemento del 20% solo se mantendrá mientras el beneficiario no realice ninguna actividad laboral, sin importar si esta es compatible con su grado de incapacidad.
En cuanto la persona comience a trabajar, aunque sea de forma esporádica o con jornada reducida, perderá automáticamente ese porcentaje extra.
Aviso importante del INSS
El Instituto Nacional de la Seguridad Social recuerda que la comunicación del inicio de cualquier actividad laboral es obligatoria.
Quienes omitan este paso y continúen cobrando el complemento podrían enfrentarse a requerimientos formales o incluso a la obligación de devolver las cantidades cobradas de forma indebida.