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El Gobierno español avanza en la implementación de un nuevo sistema de registro de jornada digital, telemático e inalterable que será obligatorio en todas las empresas y para todos los trabajadores.

Esta medida, que se materializará a través de un real decreto en desarrollo, busca garantizar un mayor control sobre el tiempo de trabajo efectivo, en un contexto en el que la negociación sobre la reducción de la jornada laboral se encuentra estancada.

Desde el Ministerio de Trabajo subrayan que esta obligación no recaerá únicamente en las compañías, sino también en los empleados. En este sentido, se advierte que las empresas tendrán potestad para sancionar a quienes no cumplan con el registro de horas.

El Ejecutivo apunta además que esta política podría impactar en la reducción del tiempo real de trabajo de manera más efectiva que la frustrada rebaja de la jornada a 37,5 horas semanales, que no prosperó en el Congreso.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, junto con el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, lideran la iniciativa. El objetivo es que el texto llegue al Consejo de Ministros antes de 2026, aunque en el propio ministerio reconocen que la aplicación del sistema deberá tener en cuenta las particularidades de cada sector productivo, así como las limitaciones técnicas que pueden afrontar pymes y micropymes.

SEl Gobierno obliga a las empresas a sancionar a los trabajadores que olviden fichar sus horas

El Ministerio de Trabajo ha dejado claro que la responsabilidad es compartida. "Si un trabajador no ficha, puede haber multa para las empresas. Por tanto, estas tienen que velar por el cumplimiento del registro horario", indican fuentes oficiales.

De igual forma, remarcan que la empresa puede tomar medidas internas frente a los incumplimientos de sus empleados. "Las empresas podrán sancionar a los trabajadores que no registren su jornada, obviamente", añaden desde Trabajo.

En este escenario, las posibles consecuencias del incumplimiento serían:

  • Para las empresas: multas por parte de la Inspección de Trabajo si no garantizan el registro horario.

  • Para los trabajadores: sanciones internas por incumplimiento de una obligación laboral derivada del contrato.

  • Casos específicos: la empresa valorará si existe una causa justificada para la falta de registro y podrá graduar el castigo en función de la proporcionalidad.

Este esquema se asemeja a otras obligaciones laborales que ya existen en materia de prevención de riesgos. "La obligación del registro horario también es para el trabajador y deriva de un contrato de trabajo", explican las mismas fuentes. Y puntualizan: "En algunos casos, si no se pone el casco, se está incumpliendo una obligación laboral".

Un decreto en camino para reforzar el control laboral y los derechos de los empleados

El futuro real decreto, que el Ministerio de Trabajo espera presentar lo antes posible, marcará un cambio significativo en la gestión del control horario. Hasta ahora, los niveles de cumplimiento eran considerados bajos. Con esta reforma, el Gobierno pretende establecer un sistema homogéneo y transparente.

Según las fuentes consultadas, no habrá sanciones automáticas. La empresa tendrá la facultad de evaluar los motivos detrás de la falta de registro y decidir si corresponde un castigo proporcional. "Esto queda en manos de la empresa, puesto que el trabajador estaría incumpliendo una obligación laboral. Y puede ser sancionado por la empresa por ello", señalan.

En cuanto a la adaptación tecnológica, el ministerio no descarta habilitar apoyos específicos. Se contempla la posibilidad de crear una aplicación móvil que facilite el registro digital y que sea accesible para la Inspección de Trabajo, especialmente pensada para pymes y micropymes que enfrentan limitaciones de recursos.