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Las disputas por árboles mal plantados figuran entre los conflictos vecinales más habituales en España. La ley fija distancias mínimas y otorga derechos claros a los colindantes. Ignorar estas reglas no solo tensiona la convivencia, puede acabar en los tribunales y derivar en sanciones económicas.

El Código Civil establece límites concretos cuando no existen ordenanzas municipales o costumbres locales que dispongan otra cosa. Plantar fuera de esos márgenes habilita al vecino afectado a exigir la retirada de los ejemplares y, en determinados supuestos, a actuar por su cuenta para proteger su propiedad.

Distancias legales entre fincas: lo que permite y prohíbe la norma

La regla general resulta clara: los árboles altos no pueden plantarse a menos de dos metros de la línea divisoria entre fincas, mientras que los arbustos o árboles bajos deben respetar una distancia mínima de 50 centímetros. Estos límites operan cuando el municipio no haya fijado otros distintos.

Si un propietario incumple esas distancias, el colindante tiene derecho a reclamar que se arranquen los ejemplares plantados fuera de margen. La acción no requiere demostrar daño efectivo; basta con acreditar la infracción de la distancia legal.

La finalidad de la norma no se limita a la estética. Protege cimientos, tuberías, muros y la seguridad jurídica del lindero. Cumplir con las distancias reduce el riesgo de pleitos y evita indemnizaciones por daños y perjuicios.

¿Qué pasa si ramas o raíces invaden la parcela vecina?

El artículo 592 del Código Civil reconoce al propietario afectado el derecho a exigir el corte de las ramas que sobresalgan sobre su heredad, jardín o patio. La reclamación procede en cuanto la invasión se produce, con independencia de que la plantación inicial hubiera sido correcta.

En materia de raíces, la ley va más allá. Si se introducen en suelo ajeno, el dueño del terreno invadido puede cortarlas por sí mismo dentro de su propiedad, sin necesidad de requerimiento previo. La previsión busca proteger infraestructuras y evitar daños estructurales.

Anuncio oficial | Desde marzo, sancionarán a las personas por no podar los árboles de su casa. Foto: Freepik

Cuando los árboles formen parte de un seto vivo medianero, se presumen de propiedad común. Cualquiera de los vecinos puede exigir su derribo. Existe una excepción relevante: los ejemplares que actúen como mojones del límite territorial solo pueden arrancarse de común acuerdo, ya que cumplen una función delimitadora.

¿Hay multas si no cumples?

El Código Civil regula derechos y acciones civiles, incluida la reparación del daño. Las multas administrativas, en cambio, dependen de cada ayuntamiento y de sus ordenanzas urbanísticas. Un incumplimiento puede traducirse en sanciones económicas, además de una condena judicial.

Si un árbol amenaza con desplomarse sobre una finca ajena o la vía pública, el propietario está obligado a retirarlo. La autoridad competente puede ordenar la actuación y repercutir el coste si el dueño no cumple voluntariamente.

La combinación de responsabilidad civil y potestad sancionadora municipal configura un escenario claro. Respetar distancias, controlar el crecimiento y atender riesgos no resulta opcional. Es la vía más directa para evitar indemnizaciones, multas y un conflicto vecinal que termine ante un juez.