Cada vez falta menos para las elecciones generales 2023 del 23 de julio, fecha que precipitó las agendas de los diferentes espacios políticos, pero que también ha generado una serie de importantes interrogantes entre los ciudadanos.
Así como quienes votan por primera vez tienen sus dudas, lo mismo ocurre con aquellas personas que formarán parte de las mesas electorales durante el día de las elecciones generales 2023. Para este último grupo, también surgen dudas sobre el día de los comicios.
Teniendo en cuenta que los vocales y presidentes se definen por sorteo, una de las principales preguntas es cómo librarte de acudir a la mesa electoral el 23 de julio. Si bien esta labor es obligatoria, existen algunas excepciones que pueden justificar una posible ausencia.
Elecciones generales 2023: cómo se componen las mesas electorales
Antes de hablar de las excepciones es importante aclarar cómo están compuestas las mesas electorales, nómina que se sortea en todos los comicios y que implica un compromiso que no se puede evadir sin un justificativo.
Las mesas cuentan con un presidente y dos vocales, pero por cada uno de estos puestos también se sortean dos suplentes. Por lo tanto, de esos 9 integrantes hay 3 que son titulares y otros 6 que son suplentes, pero todos están obligados a concurrir al lugar que les corresponda.
Elecciones generales 2023: motivos que te permiten librarte de acudir a la mesa electoral del 23 de julio
Entendida la composición de las mesas, la ley establece algunos justificativos que permiten a las autoridades librarse de tener que acudir el día de las elecciones. Sin embargo, en cualquier caso debe haber un comprobante que permita acreditar dichos motivos.
Como motivo extra por tratarse de una fecha especial que se enmarca dentro de las vacaciones de verano, aquellas personas que tengan un viaje contratado antes de la convocatoria de las elecciones (29 de mayo) y cuya cancelación "ocasione un perjuicio económico", también podrán librarse.
Excusas o impedimentos
- Mayores de 65 años pueden renunciar voluntariamente.
- Si tienes una discapacidad declarada y/o eres pensionista de incapacidad absoluta y gran invalidez declarada.
- Tener una incapacidad temporal o estar de baja temporal en el trabajo.
- Ser madre lactante hasta que el bebé cumpla nueve meses.
- Tienes un embarazo de 6 meses o más. O estás de baja por maternidad.
- Estás internado en un centro penitenciario o en un hospital psiquiátrico.
- Si has sido miembro de una mesa electoral, al menos tres veces en los últimos diez años.
- Ser víctima de un delito y acreditar que el autor del mismo coincide en esa mesa como votante.
- Cuidar de menores de ocho años o de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
- Cuidar de menores de 14 años a cargo si el otro progenitor no puede hacerse cargo.
- Estar al cuidado de manera continua un familiar que no puede valerse por sí mismo hasta el segundo grado de consanguinidad.
- Si hay un evento familiar relevante en el que tenemos protagonismo o no somos reemplazables y la cancelación del mismo da lugar a perjuicio económico.
- Si trabajas en las Juntas Electorales, los Juzgados y las Administraciones Públicas que deban estar operativas durante la jornada electoral.
- Ser sanitario, miembro de protección civil, bombero o similar.
- Ser periodista o cualquier profesional que forme parte de algún medio de comunicación.
Elecciones generales 2023: qué proceso seguir para librarse de acudir a la mesa electoral
A partir de la fecha de notificación, las personas que fueron seleccionadas para formar parte de las mesas electorales tienen un total de 7 días para justificar y documentar la ausencia el día de los comicios, en este caso el 23 de julio.
En caso de que el motivo se enmarque dentro de los mencionados anteriormente, se debe hacer el trámite correspondiente de forma presencial a una delegación de la Junta Electoral Central próxima al domicilio.
Cada quien debe presentarse con su DNI (o una fotocopia de él) y el nombramiento para la mesa electoral. Asimismo, el interesado también tiene que mostrar la documentación que acredite y justifique el motivo de la futura ausencia. Luego de eso, habrá un lapso de 5 días para que se comunique la decisión.