La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó un aumento del 1,5% en las jubilaciones y pensiones a partir de julio de 2025. Este incremento se aplica según la fórmula de movilidad actualizada. Además, quienes perciban la jubilación mínima recibirán el bono adicional de $70.000.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 251/2025, publicada el 27 de junio en el Boletín Oficial, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto 274/24, que reformuló el artículo 32 de la Ley 24.241 para establecer actualizaciones mensuales conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC.
Jubilaciones: ¿cómo se calcula el aumento?
Desde el año pasado, los ajustes en los haberes de jubilados y pensionados de ANSES se basan en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de dos meses previos.
Es así que el aumento de julio corresponde a la inflación registrada en mayo.
Jubilados ANSES: uno por uno, los montos en julio de 2025
Con el aumento del 1,5% y la continuidad del bono para la mínima, estos serán los montos a percibir en julio de 2025, incluyendo algunas asignaciones sociales:
ANSES: ¿quiénes cobran el bono de $70.000?
El bono de $70.000 se destina a jubilados y pensionados que cobran la jubilación mínima de ANSES. Su objetivo es mitigar el impacto de la inflación y asegurar que los beneficiarios puedan cubrir sus gastos esenciales.
Para recibir el bono completo, el haber mínimo debe ser de $309.294,78. Aquellos que perciban un monto superior a la mínima pero inferior a $379.294,78, recibirán un bono proporcional para alcanzar dicho valor.
Es importante destacar que, si bien se espera que el beneficio continúe en julio, el Gobierno aún no confirmó oficialmente su extensión.
Jubilados con la mínima: calendario de pagos ANSES de julio
En línea con el cronograma de ANSES, jubilados que cobran la mínima recibirán el pago según la terminación de su DNI:
- Documentos terminados en 0: desde el 8 de julio de 2025
- Documentos terminados en 1: desde el 10 de julio de 2025
- Documentos terminados en 2: desde el 11 de julio de 2025
- Documentos terminados en 3: desde el 14 de julio de 2025
- Documentos terminados en 4: desde el 15 de julio de 2025
- Documentos terminados en 5: desde el 16 de julio de 2025
- Documentos terminados en 6: desde el 17 de julio de 2025
- Documentos terminados en 7: desde el 18 de julio de 2025
- Documentos terminados en 8: desde el 21 de julio de 2025
- Documentos terminados en 9: desde el 22 de julio de 2025
La resolución también estipula que las remuneraciones de los trabajadores que cesen en la actividad desde el 30 de junio o soliciten su beneficio previsional desde el 1° de julio se actualizarán con los índices determinados por la Subsecretaría de Seguridad Social.