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En su afán por acelerar el tratamiento de la Ley de Modernización Laboral, el Gobierno cedió y eliminó la reducción de alícuotas del impuesto a las Ganancias del texto que se debatirá este miércoles en el Senado.

“Decidimos postergar el tratamiento del impuesto a las Ganancias hasta construir un programa de reforma fiscal integral que tome en cuenta a los tres niveles de gobierno: nacional, provincial, municipal”, afirmó la senadora Patricia Bullrich.

El Cronista había anticipado que el Ejecutivo evaluaba suprimir esta medida de alivio fiscal para las empresas, luego de que los gobernadores advirtieran sobre el impacto que generaría en las arcas públicas. Pese a este recorte, el oficialismo mantuvo en el proyecto la exención del tributo para el alquiler de propiedades con destino a casa-habitación.

Aunque el Ministerio de Economía pretendía reservarse la facultad de implementar estas modificaciones —así como la eliminación de impuestos internos y la puesta en marcha del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), entre otros—, el texto final descartó el “artículo 212″, el cual autorizaba al ministro de Economía, Luis Caputo, a determinar los cambios tributarios de forma discrecional.

En consecuencia, de ser aprobada la ley, la exención para el alquiler de propiedades con destino a casa-habitación entraría en vigencia automáticamente.

Reforma laboral: el trasfondo de la eliminación del artículo 190

El artículo 190 proponía una baja de alícuotas en los tramos 2 y 3, llevando los porcentajes del 30% al 27% y del 35% al 31,5%, respectivamente. El impacto fiscal se sentiría recién en 2027, cuando los contribuyentes presentaran sus declaraciones juradas y pagaran el saldo correspondiente al ejercicio fiscal 2026.

Tal como adelantó este medio, las definiciones se dieron después de una reunión de la cúpula ministerial (Mesa Política). Del encuentro participaron —además de Bullrich— el jefe de Gabinete, Manuel Adorni; el ministro del Interior, Diego Santilli; la secretaria general de la presidencia, Karina Milei; y el ministro Caputo.

Fue justamente el titular del Palacio de Hacienda quien avaló las sugerencias de los gobernadores. Si bien días atrás había asegurado que los mandatarios provinciales no querían avanzar en la baja de Ganancias, también calificó como un ejercicio democrático la posibilidad de que el capítulo fiscal —especialmente el artículo vinculado a las empresas— fuera rechazado por las provincias.

El Gobierno pospuso la reducción de alícuotas en el impuesto a las Ganancias para sociedades
El Gobierno pospuso la reducción de alícuotas en el impuesto a las Ganancias para sociedades

Más allá de las voluntades políticas, el conflicto radicaba en un punto crítico: el costo fiscal inicial directo para la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

Un documento elaborado por la Comisión Federal de Impuestos, un organismo encargado de controlar y fiscalizar la distribución transitoria de recursos coparticipables, estimó —sin contar la exención para el alquiler de propiedades con destino a casa-habitación— que el impacto sería de aproximadamente $ 1,2 billones. Al incluir ese ítem, el impacto hubiese sido de $ 1,9 billones (0,22% del PBI), según estimaciones del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF).

Bajo este escenario, la Nación habría resignado $ 790.000 millones a partir de 2027, mientras que el conjunto de las provincias y CABA habría perdido $ 1,12 billones. Buenos Aires, Santa Fe y Córdoba serían las jurisdicciones más afectadas, con mermas de $ 238.558 millones, $ 97.087 millones y $ 96.459 millones, respectivamente.

El superávit fiscal, una de las máximas del Gobierno

Para la actual gestión, la baja de impuestos tiene un objetivo claro: incentivar la inversión y el crecimiento económico. “Argentina tiene que bajar impuestos para generar inversiones y ganar competitividad”, dijo Caputo la semana pasada, en una de las entrevistas que concedió luego del escándalo por la renuncia de Marco Lavagna al frente del INDEC.

El Gobierno sostuvo únicamente la exención del impuesto para el alquiler de inmuebles con destino a casa-habitación. La necesidad de preservar el superávit fiscal —piedra angular del plan del presidente Javier Milei— prevaleció.

Según detalló la consultora Invecq, las medidas tributarias asociadas a la reforma laboral habrían generado que el resultado fiscal sea altamente dependiente de “una recuperación de ingresos vía crecimiento o de un nuevo ajuste del gasto” para sostener el equilibrio fiscal y financiero.

"Para 2026, se proyecta un superávit primario de 1,5% del PBI —en línea con el Presupuesto 2026, aunque por debajo del 2,2% comprometido con el FMI— y un superávit fiscal total cercano a 0,1% del PBI, lo que deja un margen acotado para una reducción significativa de impuestos", señaló la firma.

Al sumar la baja de las contribuciones patronales (0,5% del PBI) y la eliminación de impuestos internos (0,1% del PBI), el costo fiscal total escalaba a 0,8% del PBI (0,69% correspondía a la Nación y 0,11% a las provincias). Entre el impuesto a las Ganancias y los gravámenes internos —tributos coparticipables—, Nación y las provincias hubiesen resignado 0,14% del PBI y 0,19% del PBI, respectivamente.

Para cumplir la meta 1,5% del PBI, el Instituto de Estudios Económicos sobre la Realidad Argentina y Latinoamericana (IERAL), de la Fundación Mediterránea, estimó que el gasto discrecional (aquel que no está indexado por inflación) debería caer un 19% real anual para cumplir esa condición. “Con una inflación esperada del 23%, implica que el gasto discrecional deba aumentar nominalmente sólo un 4% respecto a 2025″, remarcaron.

Además, si las provincias hubiesen logrado que la Nación las compense por la caída de los recursos coparticipables, el recorte de erogaciones discrecionales habría alcanzado el 22% real anual. Con o sin compensación, la pulseada la ganaron los gobernadores, dado que esta decisión podría haber tensionado la meta fiscal.

La puesta en marcha de los cambios impositivos habrá tensionado la meta fiscal
La puesta en marcha de los cambios impositivos habrá tensionado la meta fiscal

Por otro lado, este medio adelantó que si se plantea una futura baja de alícuotas, esta tendría un efecto a dos años (al menos en un 50%) y que ello se vincule al crecimiento de la economía, dependiendo de si el equilibrio fiscal permite avanzar con este tipo de medidas.

Alícuotas no, alquileres sí: cuál es el beneficio para propietarios

El artículo 188 del proyecto mantiene la exención del impuesto a las Ganancias para el alquiler de propiedades con destino a vivienda.

“El valor locativo de la casa-habitación y, con efectos para los ejercicios o años fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2026, las ganancias derivadas del alquiler de inmuebles con destino a casa-habitación a las que no les resultará de aplicación lo previsto en el inciso k) del artículo 85″, especifica el texto.

Con esto, se busca aumentar la rentabilidad del sector, alentando la inversión y la creación de empleo, así como un posible incremento de la oferta de alquileres.

Para ilustrar el beneficio, el IARAF brindó un ejemplo concreto sobre su impacto real. Un individuo, con cinco propiedades valuadas en u$s 70.000 cada una (renta mensual de $ 550.000 por unidad), está inscripto en el impuesto a las Ganancias y, por los ingresos provenientes del alquiler, tributa una alícuota efectiva por dicho tributo del 13%.

Hoy en día, debe afrontar seis tributos:

  • Tasa municipal sobre el valor del alquiler;
  • Tasa municipal sobre el valor del inmueble;
  • Impuesto provincial a los Ingresos Brutos sobre el valor del alquiler;
  • Impuesto provincial sobre el valor del inmueble;
  • Impuesto a los Bienes Personales; e
  • Impuesto a las Ganancias.

A esto se suma la comisión inmobiliaria, estimada en un 10%. La organización dirigida por el economista Nadin Argañaraz explicó que la carga tributaria correspondiente a los tres niveles de gobierno representa el 20,8% de los ingresos, la comisión inmobiliaria se lleva 10% y el propietario retiene el 69,2% restante.

Con la exención aprobada por el Congreso, la carga tributaria representaría el 9,1%, la comisión inmobiliaria se mantendría en un 10% y el propietario retendría el 80,9% restante.

A diferencia de ello, si el propietario está inscripto en el régimen del monotributo —la carga asciende a un 10% de los ingresos por alquiler—, no vería cambios significativos, reteniendo el 80% de su renta mensual.

Por su parte, un contribuyente que genera ingresos a través de otras actividades y tributa la alícuota marginal de Ganancias (35%) enfrenta un escenario aún más restrictivo, debiendo afrontar también los seis tributos mencionados anteriormente.

Sin los cambios propuestos en la ley, la carga impositiva alcanza el 40,6% del valor del alquiler, con una ganancia neta de apenas un 49,4%.

De aprobarse la exención, la presión tributaria caería drásticamente al 9,1%, permitiendo que el propietario perciba el 80,9% de la renta.

Reforma Laboral - Proyecto Con Cambios - Senado by Cronista.com