La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó a través de la resolución 4334, publicada este lunes en el Boletín Oficial, facilitar la inscripción de sociedades.
Lo hizoo al modificar el artículo 3° inciso g) de la Resolución General 10 que establecía las pautas para demostrar el domicilio fiscal para las sociedades.
Antes tenían que llevar dos pruebas de domicilio a la AFIP para conseguir el alta. Una podía ser un acta notarial, pero el segundo comprobante era más complejo obtenerlo ya que al ser una sociedad nueva sin CUIT, era casi imposible obtener otro requisito.
A partir de ahora, solo pedirán un medio de prueba y agrega como comprobante el estatuto, siempre que el domicilio legal sea igual al fiscal.
En conclusión, se facilitará la inscripción de sociedades, en un contexto donde ya existe para todos el domicilio fiscal electrónico.
Según detalla la resolución, en todos los supuestos contemplados, además de los recaudos propios que para cada caso se establecen, la existencia y veracidad del domicilio fiscal denunciado se acreditará con al menos uno de los instrumentos que se detallan seguidamente, según corresponda:
- Documento nacional de identidad argentino.
- Certificado de domicilio expedido por autoridad competente.
- Acta de constatación notarial.
- Comprobante de un servicio a nombre del contribuyente o responsable.
- Título de propiedad o contrato de alquiler o de “leasing , del inmueble cuyo domicilio se denuncia.
- Extracto de cuenta bancaria o del resumen de tarjeta de crédito, cuando el solicitante sea el titular de tales servicios.
- Habilitación o autorización municipal equivalente, cuando la actividad del solicitante se ejecute en inmuebles que requieran de la misma.
- Certificado de Vivienda Familiar emitido por la Agencia de Administración de Bienes del Estado, entregado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) de conformidad con el Artículo 48, incorporado al Anexo del Decreto N° 2.670 del 1 de diciembre de 2015 por el Decreto N° 358 del 22 de mayo de 2017.
- Estatuto o contrato social y, en su caso, el acta de directorio o del instrumento emanado del órgano máximo de la sociedad, o instrumento constitutivo inscripto y actualizado, en los casos que el domicilio fiscal declarado coincida con el domicilio legal obrante en el citado documento.