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En Colombia, la Ley de Sucesiones establece directrices precisas para la gestión y utilización de los bienes que conforman una herencia. Una de las circunstancias más significativas se presenta cuando entre los herederos se encuentran menores de edad, dado que en tales casos los bienes no pueden ser utilizados ni vendidos de manera libre durante un extenso período.

Esta limitación responde a la necesidad de proteger el patrimonio del heredero menor y asegurar que los bienes se mantengan hasta que este pueda ejercer plenamente sus derechos. Por esta razón, la restricción podría extenderse por un período prolongado que, dependiendo de la edad en que el heredero alcance la mayoría, puede llegar hasta 10 años, de acuerdo con las decisiones que tome el juez o el notario responsable del proceso sucesorio.

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Razones por las que los bienes heredados no se pueden usar por años

Cuando uno o varios herederos son menores de 18 años, la ley colombiana prioriza la protección de su patrimonio. En estos casos, los bienes heredados quedan bajo una administración especial, generalmente a cargo de los padres, tutores o curadores, pero con restricciones claras.

Esto implica que propiedades, dinero o participaciones heredadas no pueden venderse, hipotecarse ni utilizarse libremente sin autorización expresa de un juez. El objetivo principal es evitar que el patrimonio del menor se vea afectado antes de que alcance la mayoría de edad.

En la práctica, si el menor tiene, por ejemplo, 8 años al momento de iniciarse la sucesión, los bienes podrían quedar inmovilizados durante al menos 10 años, hasta que cumpla los 18.

Ley de Sucesiones en Colombia: protección del patrimonio de herederos menores de edad (Foto: archivo).
Ley de Sucesiones en Colombia: protección del patrimonio de herederos menores de edad (Foto: archivo).

En qué situaciones se puede prolongar la restricción más de 10 años

La restricción puede extenderse en situaciones excepcionales. Esto se presenta, por ejemplo, cuando el heredero posee una discapacidad legalmente reconocida o cuando el juez determina que no se han cumplido las condiciones necesarias para que el heredero administre sus bienes de forma independiente.

Asimismo, el plazo puede ampliarse si el proceso sucesorio se ve obstaculizado por disputas entre herederos, deudas del difunto o bienes que están sujetos a litigios. En tales circunstancias, la administración y el uso efectivo de la herencia pueden requerir un tiempo adicional, siempre bajo la supervisión del poder judicial.

Qué acciones pueden tomar los representantes legales en ese período

Los representantes legales tienen la facultad de administrar los bienes mientras estos se encuentren protegidos, pero esta administración se limita a cubrir gastos esenciales como educación, salud o manutención del menor. Cualquier acción que implique la disposición del capital o de bienes inmuebles requiere la autorización previa de un juez.

  • Proteger: el patrimonio debe conservarse intacto hasta que el heredero alcance la mayoría de edad.
  • No vender: los bienes no pueden enajenarse sin autorización judicial.
  • Administrar: percibir arriendos o rendimientos, con control legal.
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