

A pesar del endurecimiento de las políticas migratorias durante la actual administración de Donald Trump, Estados Unidos sigue siendo el destino preferido por muchos latinoamericanos. Ya sea por empleo o turismo, miles de personas intentan ingresar cada mes al país norteamericano.
Sin embargo, acceder legalmente no es sencillo. Los requisitos migratorios son estrictos y los costos del trámite representan una barrera económica significativa: las tarifas no reembolsables oscilan entre los USD 185 y USD 315, a lo que se suma un recargo obligatorio de USD 250 implementado bajo el One Big Beautiful Bill Actdel republicano.
Pero no todo son obstáculos. Existe una vía legal para ingresar a los EE.UU. sin afrontar gastos elevados ni lidiar con los complejos criterios de elegibilidad. Para acceder a esta alternativa, basta con cumplir un único requisito.
¿Cómo ingresar a los EE.UU. sin necesidad de una visa?
Una forma legal de ingresar a los Estados Unidos sin necesidad de una visa de no inmigrante es a través del Programa de Exención de Visa (en inglés, Visa Waiver Program o VWP).

Esta iniciativa, implementada por el gobierno estadounidense, permite a los ciudadanos de determinados países viajar al país con un único requisito obligatorio necesario: contar con una autorización válida del Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA).
Con la aprobación del ESTA, la persona podrá ingresar a EE.UU. sin necesidad de tramitar una visa tradicional. Esta vía permite permanecer en el territorio por un período máximo de 90 días, con fines de turismo, negocios o tránsito. Es importante aclarar que no está permitido estudiar ni trabajar durante ese tiempo.
¿Qué países están dentro del programa estadounidense?
De acuerdo con el Departamento de Estado de EE.UU., los países incluidos en el programa son:
- Andorra
- Australia
- Austria
- Bélgica
- Brunéi
- Chile
- Croacia
- República Checa
- Dinamarca
- Estonia
- Finlandia
- Francia
- Alemania
- Grecia
- Hungría
- Islandia
- Irlanda
- Israel
- Italia
- Japón
- Letonia
- Liechtenstein
- Lituania
- Luxemburgo
- Malta
- Mónaco
- Países Bajos
- Nueva Zelanda
- Noruega
- Polonia
- Portugal
- Katar
- San Marino
- Singapur
- Eslovaquia
- Eslovenia
- Corea del Sur
- España
- Suecia
- Suiza
- Taiwán y Reino Unido, con condiciones
Respecto a los últimos dos países, el Gobierno aclaró que aunque los Estados Unidos sigan la política de "una sola China" y no reconozcan formalmente a Taiwán como un país independiente, en la práctica sí es tratado como una nación elegible para el programa VWP. En cuanto al Reino Unido, recuerdan que solo tienen derecho a viajar bajo esa iniciativa los ciudadanos de:
- Inglaterra
- Escocia
- Gales
- Irlanda del Norte
- Las Islas del Canal
- La Isla de Man
Requisitos y condiciones para ingresar bajo este programa
En caso de viajar bajo el programa VWP, el solicitante deberá ser ciudadano de uno de los países participantes, contar con un pasaporte electrónico válido, solicitar y recibir la autorización ESTA antes del viaje y, por último, no haber violado las leyes migratorias estadounidenses previamente.

Antes de embarcar, es importante tener en cuenta las siguientes condiciones:
- El pasaporte debe ser válido por al menos 6 meses después de la salida planificada de los Estados Unidos. Todos los miembros, incluidos los bebés, deben contar con el documento.
- Ese pasaporte debe cumplir con las normas establecidas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
- En caso de utilizar un pasaporte de emergencia o temporal, debe ser electrónico.
- Por último, el ESTA debe ser solicitado y aprobado con una antelación no menor a 72 horas previas al viaje.
¿Qué ciudadanos NO pueden participar en el programa?
Antes de solicitar una exención de visas, el Departamento de Estado recordó que existen determinados ciudadanos que no están incluidos en el programa, a pesar de ser oriundos de países que sí aplican al programa. Esto se debe a la Ley de Mejora del VWP y la Prevención de Viajes Terroristas 2015.
Los viajeros de estas categorías, en su lugar, deben obtener una visa tradicional. Estos son:
- Ciudadanos que hayan viajado o estado presentes en la República Popular Democrática de Corea, Irán, Irak, Libia, Somalia, Sudán, Siria o Yemen el 1 de marzo de 2011 o después, con excepciones limitadas.
- Ciudadanos que hayan viajado o estado presentes en Cuba el 12 de enero de 2021 o después, con excepciones limitadas.
- Nacionales de países del VWP que también sean nacionales de Cuba, República Popular Democrática de Corea, Irán, Irak, Sudán o Siria.










