

Una disposición vigente del Registro Civil de Alabama permite que los hijos sean inscritos con cualquier apellido al momento de la inscripción de nacimiento, aun cuando no corresponda al de su padre o su madre.
Esta medida es parte de la normativa de estadísticas vitales y establece las libertades que poseen los padres al seleccionar el nombre y apellido del recién nacido, así como las limitaciones formales que deben ser cumplidas para que el registro sea reconocido por las autoridades.
Confirmado por el Registro Civil: los apellidos autorizados para el registro de los hijos
La normativa vigente en Alabama otorga a los progenitores la facultad de seleccionar cualquier nombre para el niño al momento de registrar el nacimiento. Se establece con claridad que el apellido del menor no necesariamente será el de ninguno de los progenitores.
Esto significa que, al elaborar el certificado de nacimiento, no hay obligación legal de utilizar el apellido paterno o materno. La decisión es prerrogativa de los padres, siempre que se cumplan con los requisitos formales establecidos por la autoridad sanitaria estatal.

Requisitos indispensables para la inscripción del recién nacido
Aunque se concede libertad para elegir el apellido, el Registro Civil establece ciertas normas técnicas sobre la forma en que debe escribirse en el acta:
- Se permiten únicamente letras del alfabeto inglés.
- Se autorizan guiones y apóstrofes.
- No se pueden incluir números, símbolos, puntos ni caracteres que no pertenezcan al inglés.
Información relevante acerca del registro de nacimientos
El proceso de inscripción se realiza ante la autoridad competente en materia de salud y el nombre registrado en el certificado será el que figure oficialmente en todos los documentos subsiguientes, como el acta de nacimiento y la identificación estatal.
En ese marco, antes de presentar la información, es recomendable comprobar que el apellido elegido cumpla con las normativas vigentes. Una vez emitido el documento, cualquier alteración posterior podría requerir un proceso administrativo adicional ante el Registro Civil estatal.


