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La maternidad supone un reto económico importante, especialmente para las mujeres más jóvenes. Para aliviar esta etapa, la Comunidad de Madrid ha activado una ayuda mensual de 500 euros, diseñada para acompañar durante los primeros 24 meses de vida del menor.

Esta prestación está destinada a mujeres menores de 30 años -ya sea que estén embarazadas desde la semana 21, que hayan dado a luz o que hayan adoptado a partir del 1 de enero de 2022- y cumple una doble función: reforzar la conciliación familiar y favorecer la natalidad en la región.

Quién puede solicitar esta ayuda

La ayuda de 500 euros mensuales está pensada para mujeres de hasta 30 años, con residencia legal en España, empadronadas en la Comunidad de Madrid durante al menos cinco de los diez últimos años, y que cuenten con unas rentas inferiores a 30.000 euros anuales individuales, o 36.200 euros por unidad familiar.

Podrán solicitarla:

  • Mujeres embarazadas a partir de la semana 21.

  • Madres con hijos nacidos desde el 1 de enero de 2022.

  • Personas que hayan adoptado un hijo desde esa fecha.

Por cuánto tiempo se puede cobrar este beneficio

Desde el quinto mes de embarazo hasta que el niño cumple dos años, la beneficiaria recibirá 500 euros al mes por cada hijo, realizándose el primer pago en el mismo mes en que se presenta la solicitud. El derecho a recibir la ayuda concluye el día que el menor cumple 24 meses.

En el caso de partos múltiples o adopciones múltiples, se pagarán 500 euros por cada menor.

Cuáles son los requisitos para poder acceder al beneficio

Para poder acceder a esta ayuda deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • Tener menos de 30 años en el momento de la solicitud.

  • Residir y estar empadronada en la Comunidad de Madrid legalmente y de forma continuada al menos cinco años durante los últimos diez.

  • No superar los límites de renta establecidos: 30.000 euros individual o 36.200euros por unidad familiar.

  • No incurrir en prohibiciones legales para recibir subvenciones según la normativa vigente.

También se deben presentar los siguientes documentos:

  • Formulario oficial de solicitud.

  • DNI o NIE en vigor.

  • Certificado de empadronamiento histórico y actual.

  • Declaración del IRPF del último ejercicio fiscal o certificado negativo.

  • Informe médico que acredite la gestación desde la semana 21 (en caso de que se solicite desde ese momento).

  • Documento de adopción o libro de familia, según proceda.

  • Declaración responsable de no estar impedida para recibir ayudas.

El plazo de resolución es de máximo tres meses y el silencio administrativo se considera desestimatorio.

¿Cómo se solicita la prestación?

La solicitud puede hacerse durante todo el año, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, a través de los siguientes canales:

  • Registro telemático de la Comunidad de Madrid (certificado electrónico reconocido).

  • Oficinas de registro de la Comunidad, ayuntamientos con Ventanilla Única o registros de la Administración General del Estado.

Una vez presentada la solicitud y la documentación requerida, la administración dispone de hasta tres meses para comunicar la concesión. Si no recibe respuesta, se considera que ha sido denegada.

Cuál es el objetivo de esta medida

Este beneficio que ofrece la Comunidad de Madrid busca reducir la carga económica que afrontan muchas madres jóvenes en los primeros meses tras el nacimiento o adopción de un hijo.

Al destinar un apoyo de 6000 euros anuales por hijo durante dos años, la ayuda persigue también mantener la residencia en la región y la estabilidad durante la crianza, elementos que favorecen la estabilidad social y económica a largo plazo.